El Poder Judicial pregunta a dos familiares de víctimas de la dana por el papel en la causa del marido de la jueza
El promotor de la Acción Disciplinaria continúa con sus diligencias tras las quejas presentadas por los letrados de Pradas y Argüeso
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) continúa con las diligencias informativas abiertas a la jueza de la dana acerca de las supuestas injerencias en ... la instrucción que habría protagonizado su marido, siempre según las quejas presentadas por los letrados de Argüeso y de Pradas.
El promotor de la Acción Disciplinaria, el magistrado del Tribunal Supremo que encabeza esta investigación, ha pedido a dos de los familiares de las víctimas que aclaren quién les atendió cuando acudieron al juzgado. Al parecer, existen dos grabaciones a estos perjudicados en las que se admite la intervención del magistrado. En una de las comparecencias de manera directa y, en otra, de un modo indirecto, siempre según estas versiones.
La información, adelantada por La Vanguardia, fue confirmada por la Asociación Víctimas Mortales de la Dana 29-O, entidad de la que forman parte las dos familias requeridas por el Poder Judicial. Desde la asociación precisaron que la petición ya está en manos de los abogados para que estos tramiten una respuesta. La presidenta de la entidad, Rosa Álvarez, ha adelantado que uno de los audios se encuentra manipulado, según le ha comentado uno de los asociados. Las víctimas siempre han agradecido el trato de la instructora por su empatía y cercanía.
Los audios también forman parte de la querella que Manos Limpias ha presentado en el TSJ para que se analicen estas supuestas injerencias. La acción judicial persigue abrir un procedimiento penal para averiguar si estas eventuales conductas suponen una alteración del juez predeterminado por la ley, un derecho del que disfrutan todos los investigados. Una vez se abren las previas en un juzgado, es el titular del órgano quien debe dirigir esas diligencias. Se trata de una garantía del Estado de Derecho.
De momento, la Fiscalía ya se ha pronunciado. El ministerio público sostiene que no hay indicios suficientes para investigar a la jueza por prevaricación y/o coacciones. «Lo resuelto por el órgano judicial, haya o no errado en la valoración de los hechos concurrentes y en la aplicación de la ley, no constituye una decisión que quede totalmente al margen de lo jurídicamente admisible y solo obedezca a una arbitraria decisión», señala respecto al primer supuesto.
También incide en el análisis de aquella petición de la jueza sobre los indicios que las acusaciones mantenían sobre los imputados, la exconsellera y su número 2. «Cierto es que el requerimiento que efectúa la instructora a las acusaciones podría parecer extravagante, dado el momento procesal en que se efectúa». Pero esto resulta insuficiente para catalogarlo como «injusto».
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