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El Congreso, durante el estado de alarma. Efe
Prórroga del estado de alarma: cuántas veces se puede hacer y hasta qué día es el límite máximo

Cuántas veces se puede prorrogar el estado de alarma y hasta que día es el límite máximo

El Congreso tiene que aprobar la prórroga del estado de alarma por mayoría absoluta

LP.ES

VALENCIA

Lunes, 23 de marzo 2020

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El estado de alarma se decretó en España por el coronavirus el pasado 14 de marzo de 2020 y, según recoge la Constitución Española de 1978 y desarrolla la Ley Orgánica 4/81 de 1 de junio, el tiempo inicial es por un plazo máximo de quince días naturales. La Constitución determina que el Ejecutivo dará cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo.

El presidente del Gobierno Pedro Sánchez ya anunció el pasado 22 de marzo que iba a extender el estado de alarma hasta el 11 de abril. El primer plazo del estado de alarma es del 14 al 28 de marzo (15 días naturales), mientras que el segundo será del 29 de marzo hasta las 00.00 horas del 12 de abril, ambos incluidos. Ni la Constitución ni la Ley Orgánica ni el Reglemento del Congreso de los Diputados hacen mención expresa ni al tiempo por el que se puede prorrogar ni a las veces que se puede prorrogar el estado de alarma, aunque sí que inciden en que podrá estar vigente en las fechas «en cualquier caso estrictamente indispensables para asegurar el restablecimiento de la normalidad. Su aplicación se realizará en forma proporcionada a las circunstancias« y también en cualquier caso la prórroga requiere de la aprobación por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.

Procedimiento

El Reglamento del Congreso, en su artículo 162, desarrolla este precepto constitucional y añade que «cuando el Gobierno declarase el estado de alarma, remitirá inmediatamente al presidente del Congreso una comunicación a la que acompañará el Decreto acordado en Consejo de Ministros. De la comunicación se dará traslado a la Comisión competente, que podrá recabar la información y documentación que estime procedente».

Si el Gobierno pretendiera la prórroga del plazo de quince días a que se refiere el artículo 116. 2 de la Constitución, deberá solicitar la autorización del Congreso de los Diputados antes de que expire aquél. De acuerdo con esta previsión constitucional, los grupos parlamentarios podrán presentar propuestas sobre el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga hasta dos horas antes del comienzo de la sesión en que haya de debatirse la concesión de la autorización solicitada.

El debate tendrá lugar en el Pleno y se iniciará con la exposición por un miembro del Gobierno de las razones que justifican la solicitud de prórroga del estado de alarma y se ajustará a las normas previstas para los de totalidad. Finalizado el debate se someterán a votación la solicitud y las propuestas presentadas. De la decisión de la Cámara se dará traslado al Ejecutivo.

La sesión puede seguirse íntegra y en directo por los canales habituales, tanto a través de la página web del Congreso como en YouTube (Canal Parlamento) y los perfiles institucionales en medios sociales. La emisión será accesible para personas con discapacidad auditiva, en lengua de signos y con subtítulos.

Información útil del estado de alarma y el coronavirus

Puedes consultar la información práctica sobre el estado de alarma decretado por la pandemia de coronavirus COVID-19:

Número de muertes y contagios en tiempo real

Real Decreto del estado de alarma

Cómo convivir con un contagiado

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