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Pablo Casado, el pasado fin de semana durante un acto con las Nuevas Generaciones del PP. EFE
Casado afirma que el fichaje de Cantó es responsabilidad suya

Casado afirma que el fichaje de Cantó es responsabilidad suya

El PP presenta el recurso ante el Constitucional pero ve probable que el exdirigente naranja se quede fuera de la lista electoral de Madrid

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Lunes, 12 de abril 2021, 19:05

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Pablo Casado quiere eximir de cualquier responsabilidad a Isabel Díaz Ayuso por la controvertida incorporación de Toni Cantó a la lista para las elecciones de Madrid. Señaló que la decisión se tomó en «el comité nacional de listas» y, por tanto, la responsabilidad «la asumimos nosotros». El PP, entretanto, presentó ayer el recurso ante el Tribunal Constitucional contra la decisión judicial de excluir a Cantó de la candidatura por irregularidades en su inscripción en el censo electoral.

La dirección de los populares intenta que Ayuso no se vea salpicada por el eventual fiasco de la incorporación del actor y exdirigente de Ciudadanos a la lista electoral con el consiguiente coste político en vísperas de unas elecciones. «Ayuso ha actuado de forma impecable», aseguró Casado. El presidente del PP confirmó que el fichaje se fraguó en la calle Génova y no en la Puerta del Sol, sede de la presidencia del Gobierno regional.

La incorporación de Cantó era para la dirección nacional una operación emblemática para la reunificación del centroderecha, mientras que el PP madrileño albergaba muchas dudas sobre el aporte electoral que suponía la entrada en su lista del exdirigente de Ciudadanos, además de los cambios que obligaba a introducir en la candidatura. Un recelo que se ha visto alimentado por la decisión del juez de lo contencioso-administrativo de declarar inelegible a Cantó, así como la del exalcalde Toledo Agustín Conde, por no estar empadronados en Madrid antes del 1 de enero, fecha en que se cerró el censo.

En el PP está extendida la impresión de que el recurso presentado en el Constitucional contra esa decisión tiene poco visos de prosperar. El propio Cantó es escéptico y escribió en Twitter que «estar o no en la lista era secundario». Los socialistas, añadió, «podrán sacarme» de la candidatura, pero «no impedirán que dé un mitin y haga campaña». Ayuso también señaló que contará con el exportavoz liberal en las Cortes valencianas vaya o no vaya en las listas, y anunció que ya tiene los nombres de los sustitutos. La presidenta madrileña, de todas maneras, no dejó pasar la oportunidad para denunciar la campaña «asquerosa» de Pedro Sánchez.

Prisas por el buzoneo

Lo que sí tiene el PP es prisa y quiere que el Constitucional resuelva cuanto antes porque tiene paralizado el buzoneo de las listas para las elecciones del 4 de mayo. Si reparte la papeleta con los nombres de Cantó y Conde pueden ser anuladas en el recuento si la sentencia es ratificada por la corte de garantías, que tiene 72 horas para resolver.

El núcleo de la resolución del jugado de lo contencioso es que «los candidatos, por haber cambiado sus domicilios, desde otras circunscripciones electorales a la de Madrid, con posterioridad a la fecha de cierre del censo electoral aplicable para las presentes elecciones, no ostentarían, en modo alguno, la condición de elector, que es un requisito, insoslayable para poder concurrir a las elecciones como candidato». Cantó se empadronó en Madrid el 22 de marzo y Conde, el 26, y el censo se cerró el 1 de enero.

El recurso del PP ante el Constitucional cuestiona el criterio del juez porque hace una «interpretación restrictiva» de un derecho fundamental, como es el de «la participación política» plasmado en el artículo 23 de la Constitución. El juez de lo contencioso también invocó esta disposición constitucional, pero para recordar que en su apartado segundo señala que los candidatos deben cumplir «con los requisitos que señalen las leyes».

El responsable de Justicia de los populares y consejero en la Comunidad de Madrid, Enrique López, negó que su partido haya hecho «trampas». «Nadie –sostuvo– ha engañado a nadie». La norma, prosiguió, «se puede leer en su literalidad o puede haber una interpretación ante una ambigüedad que ha de resolverse a favor del ejercicio del derecho fundamental de participación política».

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