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A partir de hoy se puede solicitar el voto por correo para las elecciones europeas del 26 de mayo

A partir de hoy se puede solicitar el voto por correo para las elecciones europeas del 26 de mayo

Con la convocatoria oficial este 2 de abril de las elecciones europeas para el próximo 26 de mayo, se abre el plazo para la solicitud del voto por correo para aquellos que no puedan acudir en persona a su colegio electoral

COLPISA

Miércoles, 3 de abril 2019, 11:53

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Con la convocatoria oficial este 2 de abril de las elecciones europeas para el próximo 26 de mayo, se abre el plazo para la solicitud del voto por correo para aquellos que no puedan acudir en persona a su colegio electoral.

Los electores españoles que residan en el extranjero tendrán de plazo para solicitar el voto a la Oficina del Censo Electoral hasta el 27 de abril, mientras que los residentes en España podrán hacerlo en cualquier oficina de Correos hasta el 14 de mayo. Una vez aceptado el voto por correo no puede votarse en la mesa electoral.

Después de la solicitud, recibirán en su domicilio toda la documentación y papeletas electorales de los distintos partidos que concurren a estos comicios. Para las elecciones europeas, España mantiene una circunscripción única, es decir, los ciudadanos de las distintas comunidades autónomas y provincias pueden votar a los mismos partidos.

Residencia en el extranjero

Para poder ejercer su derecho al voto, los ciudadanos españoles residentes en el extranjero de larga duración deben estar inscritos en el CERA (Censo de Electores Residentes Ausentes, inscritos por defecto en caso de estar dados de alta en la matrícula consular).

Una vez cumplido este prerrequisito, pueden solicitar el voto a través del impreso correspondiente (disponible en las páginas webs tanto del Ministerio de Exteriores como de Interior y en los Consulados) y recibirán la documentación electoral en su domicilio, que les permitirá tanto votar por correo, enviándolo al Consulado antes del 20 de mayo, como de manera presencial en urna entre el 22 y el 24 de mayo, ambos inclusive.

En caso de residir temporalmente en el extranjero, como es el caso de los estudiantes Erasmus, deberán solicitar el voto por correo antes del 27 de abril. Para ello, deben acudir al Consulado o representación diplomática española más cercana, darse de alta como «no residente» y rellenar un impreso de solicitud de documentación electoral.

Tras remitirla a la delegación del censo electoral correspondiente en España, del 30 abril al 6 de mayo se enviará la documentación a su domicilio, o hasta el 14 de mayo si se produce algún tipo de impugnación de los candidatos. Una vez recibida la documentación deberán remitirla a su mesa electoral a través del Consulado donde se inscribieron como no residentes.

Todos los procesos son gratuitos: en el interior del sobre remitido a la delegación provincial del censo electoral se podrá solicitar el reembolso del coste del envío por correo.

Contexto: Elecciones Europeas 26 de mayo

Más de 373 millones de personas están llamadas a votar en las elecciones europeas del próximo 23 a 26 de mayo. Estas elecciones, las novenas en la historia de la UE, son claves por el contexto político y social en el que tienen lugar, además de que, previsiblemente, conformarán la primera Eurocámara sin el Reino Unido.

En las elecciones europeas de 2009 votaron más de 170.000 españoles en el extranjero, mientras que en las de 2014, tras la reforma de la Ley Electoral conocida como «voto rogado», votaron en torno a 78.900.

El voto por correo en otros países europeos

La mayoría de países europeos aseguran el derecho al voto para sus ciudadanos residentes en el extranjero, con las excepciones de República Checa, Irlanda, Malta y Eslovaquia. Países como Bulgaria o Grecia sólo aceptan el voto desde el extranjero si se reside en otro país de la Unión Europea.

Mientras que la mayoría de los países ofrecen la opción de voto por correo o en delegación consular, Estonia es el único país europeo que permite el voto online mediante el sistema 'e-voting'

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