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A partir de 2025, los trabajadores podrán acceder a un permiso de formación de hasta 100 horas acumuladas en cinco años, una medida que busca fomentar la mejora de competencias profesionales sin pérdida de salario. Esta posibilidad se enmarca dentro del Estatuto de los Trabajadores y supone una ampliación del derecho ya existente, que permite a los empleados disponer de 20 horas anuales retribuidas para su desarrollo profesional.
El Estatuto de los Trabajadores contempla una serie de permisos que permiten a los empleados ausentarse del trabajo sin ver afectada su retribución. Entre ellos se encuentra el citado permiso de formación, una opción menos conocida que, hasta ahora, garantizaba 20 horas anuales para continuar con la formación profesional dentro del ámbito laboral. Sin embargo, con la nueva regulación, estas horas podrán acumularse durante un periodo de hasta cinco años, permitiendo que aquellos con mayor antigüedad en la empresa disfruten de hasta 100 horas en total.
El disfrute de este permiso se rige por lo establecido en el convenio colectivo aplicable en cada empresa. Si dicho convenio no incluye disposiciones específicas, la normativa señala que el uso de este permiso debe ser acordado entre el trabajador y el empresario. Esto significa que su aplicación podría variar según el sector y las condiciones particulares de cada puesto de trabajo.
En este contexto, aunque se trata de un derecho reconocido, la normativa también establece ciertos matices que pueden condicionar su aplicación. En concreto, el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores señala que este permiso se considera cumplido si el empleado ya ha participado en actividades formativas impulsadas por la empresa o acordadas a través de la negociación colectiva.
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Es decir, si la empresa proporciona formación relacionada con el empleo dentro de un plan estructurado, se puede entender que el trabajador ha hecho uso de su derecho a formación sin necesidad de solicitar horas adicionales. Además, este permiso no se aplicará a formaciones obligatorias impuestas por ley, como los cursos de prevención de riesgos laborales.
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