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El Gobierno va a prorrogar la prestación para autónomos por el cese de actividad extraordinario que se puso en marcha con motivo de la dana ... que asoló parte de la provincia de Valencia el pasado 29 de octubre. Así lo ha anunciado este jueves la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en Madrid durante un encuentro con medios.
Esta prestación, que no precisa periodo mínimo de cotización previo, podía solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2024, con derecho a percibirla desde el 28 de octubre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, es decir, hasta este viernes.
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Por ello, el presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) y vicepresidente de la patronal CEOE, Lorenzo Amor, se había mostrado sorprendido a primera hora de este jueves en sus redes sociales de que no se hubiera incluido la prórroga de esta prestación ni en el decreto ómnibus, que fue tumbado la semana pasada por el Congreso de los Diputados, ni en el nuevo decreto aprobado esta semana por el Ejecutivo central tras alcanzar un acuerdo con Junts.
Según Saiz, «estamos para dar toda la ayuda necesaria el tiempo que sea necesario» a los afectados por la riada. En este sentido, ha recordado que ya hay «4.227 personas que están siendo protegidas y hay otras solicitudes que están en tramitación».
«Estamos dialogando con los grupos para incorporarlo en ese paquete de medidas económicas que estamos trabajando», ha detallado la titular de Seguridad Social al tiempo que ha remarcado el «compromiso» para la prórroga de esta prestación. «En esa interlocución con los grupos este es el compromiso y la voluntad del Gobierno, que estas medidas vean la luz en la Cámara de los Diputados», ha añadido.
El cese de actividad permitirá a los trabajadores por cuenta propia afectados por la dana continuar asegurando sus ingresos o facilitar su reincorporación gradual a la actividad en cuanto les sea posible. «Es una media absolutamente necesaria», ha insistido la ministra para quien «las prestaciones tienen que ser extraordinarias para proteger Valencia».
Los trabajadores autónomos pueden acceder a esta prestación de cese de actividad, aunque no tengan el periodo mínimo de cotización exigido, que normalmente es de 12 meses, y sin que les reduzca sus prestaciones en el futuro. Esta protección se reconoce también a los autónomos con tarifa plana.
Asimismo, se permite también solicitar el cese de actividad temporal parcial si el 75% de la facturación se genera en localidades afectadas por la dana, sin tiempo previo de cotización y mientras duren los efectos sobre la actividad profesional. Tampoco se reduce la duración ni la cuantía de las prestaciones del futuro, se contabiliza como tiempo cotizado, y se exonera completamente a los afectados del pago de cuotas a la Seguridad Social.
Para solicitar la prestación, el autónomo debe dirigirse a la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que tenga cubierta esta contingencia. En el caso de los autónomos con tarifa plana, en el momento de la solicitud tendrán que formalizar la adhesión con dicha mutua.
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