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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha recordado a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años la importancia de declarar cualquier ingreso extraordinario, como una herencia, ya que podría afectar al derecho a seguir percibiendo la prestación. Este subsidio, dirigido a personas desempleadas de larga duración en edad próxima a la jubilación, exige que los ingresos mensuales del beneficiario no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), actualmente fijado en 888 euros.
Los perceptores de esta ayuda deben presentar anualmente la Declaración Anual de Rentas (DAR), un documento obligatorio en el que se acredita que sus ingresos siguen estando por debajo del umbral permitido. No obstante, hay situaciones en las que un ingreso puntual, como una herencia, puede generar dudas sobre su tratamiento en el cálculo del subsidio.
Fernando Maján, asesor de la Subdirección General de Prestaciones del SEPE, ha explicado en el programa 'Madrid Trabaja' de Onda Madrid que el organismo prorratea estos ingresos extraordinarios para determinar su incidencia en la ayuda. «Se analiza el límite de rentas en base al valor del dinero y bienes heredados. Si, al dividir la cantidad recibida entre 12 meses, el resultado supera el 75% del SMI, el subsidio se suspende desde la fecha en la que se adjudicó la herencia», detalla.
El SEPE deja claro que una suspensión del subsidio no implica su extinción definitiva. Una vez transcurrido un mes desde la suspensión, si el beneficiario vuelve a cumplir con el requisito de rentas, puede solicitar la reanudación de la prestación.
«Desde el mes siguiente, solo se computará el rendimiento efectivo del dinero o bienes inmuebles heredados», indica Maján, quien subraya que el reinicio del subsidio no es automático, sino que debe solicitarlo el propio afectado.
A pesar de la reciente reforma de los subsidios asistenciales del SEPE, las condiciones del subsidio para mayores de 52 años no han experimentado cambios desde el 1 de noviembre. Esto significa que los beneficiarios siguen percibiendo 480 euros mensuales, equivalentes al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), sin beneficiarse del incremento aplicado a otras prestaciones.
Sin embargo, se mantiene un aspecto clave: el SEPE continúa cotizando por estos beneficiarios el 125% de la base mínima en la Seguridad Social. Este mecanismo, que no se aplica a otros subsidios, busca garantizar una mejor pensión contributiva para quienes se acogen a esta ayuda.
El organismo recuerda, también. que todos los beneficiarios están obligados a informar sobre cualquier variación en su situación económica, ya que el incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones o en la devolución de cantidades percibidas de manera indebida.
No obstante, ante cualquier duda sobre cómo afecta una herencia o cualquier otro ingreso extraordinario al subsidio, el SEPE recomienda acudir a sus oficinas o consultar con un profesional especializado para evitar sorpresas y garantizar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
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