Tres responsables de Sanidad, procesados por impedir que una psiquiatra ocupara la plaza que obtuvo en una oposición
La Audiencia aprecia «indicios vehementes» de la comisión de delitos de prevaricación y los acusados se enfrentan a penas de inhabilitación y a una multa económica
El asunto parece propio de esas historias que suceden en los 'sótanos' de la Administración y que rara vez salen a la luz. Decisiones injustas ... que se convierten en un supuesto quebranto laboral y personal para los afectados. Tres cargos de la Conselleria de Sanidad han sido procesados por presuntamente impedir con diferentes argucias que una psiquiatra, que había obtenido su puesto por una oposición, ocupara la plaza que le correspondía. Se trata de tres directivos del Departamento de Salud Valencia Clínico-Malvarrosa. El gerente, J. A.; que sigue todavía desempeñando esta responsabilidad. Las otras dos procesadas, I. G. y M. R., ya no están al frente de sus jefaturas de servicio.
El caso se remonta a 2018. Resulta extraño que una controversia como esta derive en un procedimiento penal. Lo habitual es que se aclare todo en un Contencioso, como también ocurrió en este supuesto. El juzgado de Instrucción, de hecho, no vio indicios de criminalidad y archivó el caso. Pero la Audiencia, que también reconoce que el orden penal debe ser el último recurso, ordenó la reapertura al apreciar «indicios vehementes» de que los hechos pueden ser constitutivos de un delito de prevaricación y otro de desobediencia a la autoridad. La Fiscalía tampoco aprecia delito. La víctima, representada por el letrado Emilio Pérez Mora, ya ha presentado su escrito de acusación. Pide una inhabilitación de 15 años y un importante multa económica.
La psiquiatra trabajaba como interina desde hace más de 20 años. En 2018 aprueba una oposición de la Conselleria de Sanidad. Hace una selección de las plazas disponibles por orden de preferencia y la primera que elige es la del Hospital Clínico. Es finalmente la que le asignan a mediados de 2019. Pero su superiora contacta con ella, le informa de que se incorporará algo más tarde y que, además, lo hará en una plaza de salud mental infantil que ni siquiera estaba en la convocatoria, señala el auto de la Audiencia. La psiquiatra busca amparo en la entonces Conselleria de Transparencia y como reacción, le incoan un expediente por parte de los ahora procesados. Esto termina con una sanción de dos meses de empleo y sueldo. Fue entonces cuando la profesional acude al juzgado Contencioso. La Justicia le da la razón y anula la sanción.
En este ínterin, la psiquiatra estuvo dos años de baja. Cuando puede volver a su trabajo, el gerente del departamento le informa por escrito de que su cometido lo desarrollará en las consultas externas y le dan los pacientes de otro profesional. El embrollo no termina ahí. Esta orden se produce, según la Audiencia, cuando el juzgado de lo Contencioso ya había acordado en un auto de medidas cautelares que la plaza de la psiquiatra debía ser la que ella había elegido. El tribunal aprecia en este punto una clara desatención a una resolución judicial.
Todos las resoluciones judiciales fueron favorables a la psiquiatra y ratificadas por el TSJ. Se da la circunstancia de que el gerente comunicó en el juzgado que ya se estaban cumpliendo los mandatos judiciales cuando no era cierto, según la Audiencia. Sostenía el directivo que la controversia estaba resuelta desde diciembre de 2021 cuando en el momento en que la mujer presentó la querella, mediados de 2023, estaba en una plaza ambulatoria y no en la de hospitalización que ella había logrado con su esfuerzo.
La acusación destaca el daño psicológico, laboral y profesional causado a su representada como consecuencia de su actuación, «una conducta deliberada para perjudicarla». Se especula acerca de que todo este comportamiento anómalo pretendía beneficiar a otras profesionales más cercanas al equipo directivo que presumiblemente se sentará en el banquillo de los acusados. De igual modo, destacan el intento del gerente de intentar «engañar» a la Justicia al enviar un escrito donde se aseguraba que se había dado cumplimiento al fallo.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión