Una valenciana se queda estéril a los 26 años por un cáncer tras asegurar los médicos que no hacía falta congelar los óvulos
Sanidad deberá indemnizar con 100.000 euros a la joven por las secuelas que le han quedado tras dictaminar los facultativos que la enfermedad no le impediría ser madre
Con sólo 26 años y tras pasar por un cáncer que le hizo metástasis, una joven valenciana se ha quedado estéril al perder los dos ... ovarios. Todo como consecuencia del tratamiento oncológico y de radioterapia recibido en un hospital público. El problema es que ella preguntó si esto podía ocurrir, para así congelarse los óvulos antes de iniciar el proceso, pero los facultativos le dijeron que no habría problemas ni consecuencias adversas para ella. Por eso ahora ha denunciado y Sanidad la deberá indemnizar con cerca de 100.000 euros por este perjuicio grave, según ha dictaminado el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat.
La mujer reclama una deficiente asistencia sanitaria por parte de los médicos, tras detectarle un tumor en enero de 2022. Previamente, en 2015 ya había sufrido otro maligno en la rodilla derecha, por lo que pasó por una cirugía y radioterapia. Pero siete años más tarde le hallaron dos nódulos inguinales con metástasis. Un diagnóstico que requería una operación urgente.
Pero con carácter previo a esa intervención de 2022, la paciente consultó a la médico qué consecuencias podía provocarle sobre su capacidad reproductiva. Porque estaba interesada en ser madre en un futuro y en ese momento se podía haber congelado los óvulos. La doctora le contestó que ninguna adversa, según detalla el expediente del caso. Por eso la joven accedió a operarse y después a someterse al tratamiento de radioterapia. Todo ello sin que los médicos tomaran ninguna medida preventiva que garantizara la protección de su aparato reproductivo. Ni tampoco le ofrecieran la posibilidad de una extracción de óvulos para que tiempo después pudiera tener hijos.
Pero al concluir el tratamiento de radioterapia, llegó la mala noticia para esta joven. Le comunicaron que sufría menopausia precoz y con 26 años había perdido la capacidad reproductiva. Una situación que indignó a la mujer, que se decidió a interponer la demanda contra los médicos por no haber protegido sus órganos genitales.
En su reclamación se incorporan varios informes, como la historia clínica, el de la facultativa de Oncología radioterápica, el del jefe de sección de Oncología Médica, el informe técnico de la Inspección de Servicios Sanitarios y el de la Comisión de Valoración del Daño Corporal (CVDC), que se llevó a cabo en enero de este año.
En los documentos de los médicos se explican las distintas actuaciones que se le hicieron y no revelan que hubiera mala praxis, aunque sí se indica que generalmente se suelen hacer técnicas de preservación de la fertilidad antes del inicio de quimioterapia, que en este caso no se realizaron. También la inspección médica considera que no hubo esa mala praxis ni negligencia, aunque los efectos secundarios causados eran previsibles.
Sin embargo, el informe de Valoración del Daño Corporal, el más reciente, explica que los médicos argumentan que no se le congelaron los óvulos por el alto riesgo de progresión del tumor y la necesidad que había de comenzar cuanto antes el tratamiento. Aunque el análisis que hace la CVDC es que si se le hubiera hecho una criopreservación de la corteza ovárica, la operación sólo habría durado unos 20 minutos, ya que es una técnica rápida y efectiva que toma pequeñas biopsias a la paciente. Es una técnica especialmente indicada para niñas y mujeres con necesidad de empezar inmediatamente un tratamiento oncológico, que era exactamente su caso, ya que ofrece mayores ventajas que la congelación de ovocitos.
Pero no se le ofreció esta opción ni se llevó a cabo, por tanto el informe de la CVDC resalta que se debería haber intentado esta técnica antes de iniciar el tratamiento de radioterapia a la mujer, ya que además ella se había interesado por su futura fertilidad. Por tanto, la Valoración del Daño Corporal constata en su estudio que la secuela producida ha sido la infertilidad, por la pérdida de los dos ovarios a una chica de 26 años, que además había manifestado su voluntad de mantenerlos antes del proceso. Por ello, en concepto de responsabilidad patrimonial, el Consell Consultiu establece una indemnización a la mujer de 97.400 euros que Sanidad deberá abonar por los daños causados.
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