
Los siete municipios valencianos que disfrutarán de un festivo extra en esta Semana Santa
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El Jueves Santos, 17 de abril, no será fiesta para 13,3 millones de españoles que tendrán que acudir al trabajoD. Merino
Miércoles, 16 de abril 2025, 16:46
La recta final de abril y el arranque de mayo traen buenas noticias a los trabajadores con un buen puñado de festividades consecutivas que permiten a más de uno disfrutar de un merecido descanso. En este sentido, el próximo festivo asoma a la vuelta de la esquina en el calendario laboral con la archiconocida Semana Santa, que deja un reparto desigual para los españoles.
No en balde, el Jueves Santo, 17 de abril, es festivo en Ceuta, Melilla y 15 autonomías más. Tan sólo la Comunitat Valenciana y Cataluña se quedan sin ese descanso al que le sigue un festivo, en este caso de ámbito nacional, como es el Viernes Santo, 18 de abril y el lunes de Pascua, 21 de abril, que queda a criterio de cada comunidad autónoma.
En el caso concreto de la Comunitat, y de acuerdo con el calendario laboral publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), los valencianos podrán disfrutar de un puente de cuatro días seguidos, contando el fin de semana, aunque habrá algunos que tendrán una jornada extra de vacaciones.
Y es que hasta siete municipios celebrarán el próximo Jueves Santo como festivo local. Concretamente, en la provincia de Alicante, Balones, Crevillente y Daya Vieja; en Castellón, Albocàsser, Chodos y Les Coves de Vinromà; mientras que en Valencia, Riba-roja de Túria también tendrá una fiesta con la que disfrutar de un puente de hasta cinco días consecutivos.
Este período vacacional no termina en abril. Los más afortunados podrán deleitarse con un segundo puente festivo, con el tradicional 1 de Mayo, fiesta nacional, que en este 2025 cae en jueves, lo que permitirá a muchos españoles disfrutar de otras minivacaciones de cuatro días: de jueves 1 a domingo 4 de mayo. En cualquier caso, los mejor parados son los siete millones de habitantes de la Comunidad de Madrid, que tienen la suerte de enlazar seguro dos puentes consecutivos, al ser también festivo regional el 2 de mayo.
En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 143/2024, de 16 de septiembre, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2025, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC de 23 de septiembre de 2024) dispone que: «En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote, La Graciosa y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 5 de julio, festividad de la Bajada de la Virgen de los Reyes; en Fuerteventura: el 19 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 6 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes; en Tenerife: el 3 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria».
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden EMT/85/2024, de 23 de abril, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2025 (DOGC de 26 de abril de 2024) dispone que: «En el territorio de Arán, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán), martes».
En la Comunitat Valenciana, el Decreto 100/2024, de 2 de agosto, del Consell, por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2025 (DOGV de 12 de agosto de 2024) dispone que: «[…] Con carácter retribuido y recuperable se establece la siguiente fiesta: 24 de junio, San Juan».
En la ciudad de Madrid también serán festivos el jueves 15 de mayo, día de San Isidro, y el lunes 10 de noviembre, por traslado de la festividad de Nuestra Señora de La Almudena, que cae en domingo.
• 1 de enero, Año Nuevo (miércoles)
• 6 de enero, Epifanía del Señor (día de Reyes) (lunes)
• 18 de abril, Viernes Santo (viernes)
• 1 de mayo, Fiesta del Trabajo (jueves)
• 15 de agosto, Asunción de la Virgen (viernes)
• 1 de noviembre, Día de Todos los Santos (sábado)
• 6 de diciembre, Día de la Constitución (sábado)
• 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción (lunes)
• 25 de diciembre, Navidad (jueves)
Son fiestas nacionales no sustituibles el 1 de enero, el Viernes Santo, el 1 de mayo, el 15 de agosto, el 1 de noviembre y el 6, 8 y 25 de diciembre, mientras que hay días de Fiesta Nacional sobre la que se puede ejercer o no la facultad de sustitución. Así, el 6 de enero todas las Comunidades Autónomas lo establecen como festivo, mientras que el Jueves Santo es fiesta en todas las comunidades autónomas salvo en Cataluña y la Comunitat Valenciana, donde en cualquier caso es día no lectivo a nivel educativo.
Media España celebra la Semana Santa desde el fin de semana anterior a la semana que concluye el Domingo de Resurrección, pero otras la comienzan desde el Jueves Santo o incluso Viernes Santo y luego la prrogan durante la semana de Pascua. El Lunes de Pascua, 21 de abril en 2025, es fiesta en Cataluña, Navarra, País Vasco, La Rioja y la Comunitat Valenciana, una autonomía que extiende la festividad de la Semana Santa a nivel educativo (y en algunas empresas también laboral) hasta el lunes posterior, segundo lunes de Pascua o de San Vicente, como se conoce en Valencia.
El 25 de julio, día de Santiago Apóstol, es fiesta en cuatro comunidades autónomas: Galicia, Madrid, Navarra y País Vasco. Al ser viernes, permite la opción de organizar otro puente festivo.
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