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Libertad de expresión y democracia

Fernando de Rosa

Martes, 23 de febrero 2021, 17:16

¿La libertad de expresión ampara la justificación del ataque a la vida o, a otros valores democráticos? ¿Es libre expresión de los pensamientos o de las creaciones artísticas o musicales hacer apología de delitos graves como el terrorismo, genocidio o violencia de género?

Este debate se ha abierto a raíz del ingreso en prisión del rapero Hasél, que acumulaba varias condenas por diferentes delitos. Las letras de sus canciones contienen expresiones tales como: «no me da pena tu tiro en la nuca, 'pepero'. Me da pena el que muere en una patera. No me da pena tu tiro en la nuca, 'socialisto'. Me da pena el que muere en un andamio»; «¡Merece que explote el coche de Patxi López!»; «siempre hay algún indigente despierto con quien comentar que se debe matar a Aznar»; «mi hermano entra en la sede del PP gritando ¡Gora ETA! A mí no me venden el cuento de quiénes son los malos, sólo pienso en matarlos»; «pienso en balas que nucas de jueces nazis alcancen».

Hay quienes sostienen que este tipo de expresiones no merecen reproche penal ninguno, que el valor de la democracia y de las libertades sobre las que asientan, amparan, permiten y justifican este tipo de manifestaciones. Otros, se limitan a decir que son frases de mal gusto, pero nada más, que la «mala educación» no debe ser perseguida penalmente. Con estas dos posturas se banaliza algo que es muy grave: justifican la construcción de nuestra sociedad sobre la base del odio y el desprecio a la vida y a la dignidad de los demás.

El derecho a expresar y difundir información e ideas, es esencial para el desarrollo personal y el crecimiento de una sociedad. Pero los derechos fundamentales no son absolutos, El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos indica que «toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión». El artículo 20 de nuestro texto constitucional consagra el derecho a la libertad de expresión y al de la creación artística, pero obviamente, no son derechos absolutos.

El ingreso del rapero Pablo Hasél no es un ataque a la libertad de expresión sino una defensa del orden y la legalidad penal. Además, hay que recordar que el rapero acumulaba otras condenas por agresión a un policía y a un testigo que le era desfavorable, que habían sido suspendidas, dándole la oportunidad de evitar el ingreso en prisión si no volvía a delinquir. La libertad de expresión no puede utilizarse para justificar o alentar la comisión de delitos, sobre todo, si son tan graves como el asesinato o la violencia de género.

No solo en España se reconoce este tipo de delitos, hay varios países de Europa que las penas son más duras. En Alemania, el Código Penal tipifica la incitación al odio y contempla penas de hasta tres años de cárcel. 

Nunca las sociedades democráticas pueden construirse sobre el odio y el desprecio a la vida y a la dignidad de la persona. Las creaciones artísticas nunca deben sobrepasar esos límites.

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