El ICAV también respalda al abogado de Argüeso en la dana: «Las expresiones de la jueza causan descrédito a la actuación del letrado»
El representante legal del exsecretario autonómico logra el amparo de la institución colegial ante la apertura de una pieza para sancionarle
Una de las derivadas de la investigación de la dana es el persistente enfrentamiento entre el letrado José María Bueno, representante de los intereses de ... Emilio Argüeso, y la jueza instructora. La feroz disputa, al margen ya de los diferentes análisis e interpretaciones de la tragedia, ha derivado en la apertura de un procedimiento para aclarar si la actuación del abogado merece una sanción.
El profesional había denunciado la supuesta parcialidad de la magistrada al instruir el asunto de manera «sesgada» y la eventual participación de su marido en las diligencias de la dana. La jueza presentó una alegaciones donde sostuvo que el contenido de sus resoluciones forma parte del ámbito jurisdiccional y calificó de «improcedente» la apertura de la vía colegial. En alguna resolución había añadido que todo formaba parte de una campaña contra ella basada en un «machismo atroz».
El letrado acudió al Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) en busca del amparo de la institución. La entidad, tras analizar si la actuación judicial supone una «perturbación» o «inquietud» hacia el letrado, le ofrece su respaldo en la apertura de esa pieza sancionadora.
El ICAV considera que la apertura de la citada pieza separada constituye una forma de «presión indebida» que afecta su capacidad de defender a su cliente. La institución sostiene que ese simple amenaza de ser sancionado puede incidir, en cierta forma, en su libertad de actuación.
De igual modo, sostiene que el inicio de ese procedimiento es una especie de castigo al letrado por ejercer su labor. Además, censura la actuación de la magistrada porque parece «valorar la intención detrás de las peticiones del abogado en lugar de evaluar si las pruebas son pertinentes o no».
Por último, considera que el lenguaje utilizado por la magistrada incide en la reputación del letrado. «Es despectivo y descalificador al referirse a él como defensa desnortada o defensa burda». También se citan expresiones como petición de «prueba denigratoria», «dislate procesal en la proposición de prueba» y otras referencias. Todo esto desacreditaría al abogado ante el tribunal y ante sus clientes, se desprende de la resolución del ICAV.
En cambio, no obtiene el mismo dictamen respecto a la petición que curso a la Letrada de la Administración de Justicia del citado juzgado para que emitiese unas certificaciones acerca de fundamentalmente quién había participado en las diligencias de la dana. Esta solicitud, sin embargo, fue respondida por la jueza en un auto. Ese rechazo, según entiende el Icav, forma parte del ámbito jurisdiccional y se debe cursar a través de los correspondientes recursos, en este caso, a la Audiencia de Valencia.
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