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B. González
Castellnovo
Viernes, 23 de mayo 2025, 11:47
Un total de 203.408,30 euros. Esa es la indemnización que reclama al Ayuntamiento de Castellnovo un hombre que sufrió graves lesiones, que le ... provocaron la incapacidad permanente, tras ser corneado por un toro en un festejo taurino de las fiestas de este pueblo castellonense.
Los hechos se remontan al 25 de agosto de 2022, cuando, según la versión del reclamante, sobre las seis y media de la tarde, salía de una panadería que estaba ubicada en la plaza del Ayuntamiento, donde se celebraba el festejo. Asegura que él no participaba ni activamente, ni estaba como espectador y que creyendo que estaba protegido por el cadafal instalado, fue cogido por el toro que acababan de desencajonar. Arrolló, según su versión, el «precario» cadafal y le alcanzó.
Tras interponer la reclamación por responsabilidad administrativa, el Ayuntamiento inició la instrucción en septiembre de 2024. En la misma se aportan los informes técnicos sobre la seguridad de la instalación que suscribe que se había revisado y que los elementos estructuras reunían las debidas condiciones de seguridad.
Además, se aportan la declaración de varios testigos que aseguran que el recorrido estaba bien identificado, que el toro ya había salido, por lo que el reclamante sabía que se estaba celebrando el festejo; así como que el hombre se encontraba en primera fila, «con medio cuerpo fuera del cadafal» y que cuando salió el toro el resto de público sí que se retiró y «él no estuvo pendiente y no se retiró lo suficiente por lo que el toro lo corneó».
El Ayuntamiento concluyó la instrucción el 31 de octubre desestimando la reclamación. No obstante, dada la cantidad que se reclamaba, consideró oportuno el examen del Consell Jurídic Consultiu. Este organismo, tras examinar toda la documentación, no ha entrado a valorar el fondo la consulta en sí, sino que ha instado al Consistorio a repetir la instrucción al considerar que no se ha tramitado la reclamación como establece la ley de procedimiento administrativo.
Al tratarse de un procedimiento de responsabilidad patrimonial «es preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presente lesión indemnizable», y el que incluye en el expediente es de un técnico externo y no del servicio responsable.
Además indica que se debe de identificar las circunstancias concurrentes en la organización del festejo; explicar el tipo de festejo que se celebró y las condiciones para su celebración; si contaba con la autorización preceptiva de Conselleria y cuáles eran los elementos estructurales, características y anclajes del cadafal.
El Consell Jurídic también advierte que se indique quién tiene encomendada la dirección del festejo, que parece ser que la organización recaía en la Peña Taurina Mil Duros y la Comisión Festera, «y no consta que se haya trasladado a los organizadores el expediente de responsabilidad patrimonial, por lo que se les debería comunicar para que aleguen lo que consideren». Así como a la asegurada con la que se formalizó la póliza que cubría el festejo.
Cabe recordar que, cuatro días antes de que este hombre fuera corneado, en otro festejo taurino celebrado en Vallada (21 de agosto de 2022), un joven murió tras ser embestido por un astado. Los familiares también reclamaron una indemnización al Ayuntamiento, 169.500 euros. El Consistorio abrió el procedimiento de responsabilidad patrimonial y concluyó que no existía y, al igual que el de Castellnovo, remitió el expediente al Consell Jurídic Consultivo para que lo examinara. El Organismo dictaminó que no hubo responsabilidad del Ayuntamiento de Vallada.
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