Absuelven al hombre que cambió la cerradura de una ermita de Torrent
Estaba acusado de un delito contra los sentimientos religiosos y de coacciones
M. García
Valencia
Lunes, 12 de mayo 2025, 10:31
La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto al hombre acusado de cambiar la cerradura para acceder a un ermita en Torrent.
Concluye de momento aquí ... una eterna disputa por el terreno que alberga la conocida como ermita del pantano, en Torrent, que ha desembocado en un juicio donde el acusado se enfrentaba a cuatro años de cárcel por un delito contra los sentimientos religiosos, según la calificación de la Fiscalía. También ha sido absuelto del delito de coacciones.
La resolución judicial señala que el ánimo que guió al acusado «fue el de recuperar la posesión del inmueble, no el de atentar o lesionar el derecho fundamental a la libertad de culto de persona alguna, ni interferir en el ejercicio de actos de culto de la confesión católica».
También descarta el juez las coacciones «por cuanto no se ha practicado prueba alguna que permita inferir que la finalidad perseguida por el acusado con el cambio de llaves fuere el de impedir a persona alguna el expresado derecho; ya hemos dicho que, atendiendo al contexto en el que se llevó a efecto el cambio de cerraduras, el ánimo que guió al acusado fue el de recuperar la posesión del inmueble, sin ir acompañada la acción de motivación distinta».
De este modo, la incerteza sobre el elemento subjetivo del delito lleva al juez a la aplicación del principio in dubio pro reo para dictar esta sentencia absolutoria.
Marcos G. F., acompañado de un cerrajero, cambió el acceso a la parcela en marzo de 2022. La acusación señalaba que de tal forma que con su acción impidió la celebración de las correspondientes misas dominicales de la parroquia Sagrada Familia. De igual modo, frenó otros oficios religiosos que se celebran allí desde hace más de medio siglo como matrimonios, bautizos y bodas de oro aparte de las citadas misas.
Antes de sustituir la llave de acceso, el ahora acusado había escrito al Arzobispado de Valencia para comunicarle su intención de recuperar el terreno, que había sido propiedad de su padre. La sentencia recoge que ante la comunicación de que iba a cambiar la llave no hubo ningún tipo de oposición ante este hecho ni por parte del párroco ni por parte del asesor jurídico del Arzobispado.
El investigado declaró en su momento en el juzgado de Instrucción donde básicamente admitió los hechos. En aquella comparecencia adelantó que no tenía problema en que se celebraran misas «siempre que se regularizara la propiedad, que exista un contrato o seguro que exima a su padre de responsabilidades». Desde el arzobispado se le informó de que no tenían medios económicos para tal medida.
El templo María Asunta al Cielo fue construido en 1970. La obra fue pagada por la asociación de vecinos del Pantano de Torrente. El solar había sido donado por la familia Planells, familiares del ahora procesado con la condición de que se construyera allí una iglesia. Era la propia asociación la que ha ido pagando los recibos de la luz y las tareas de mantenimiento del lugar. De hecho disponían de llaves desde hace más de medio siglo.
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