Un español demanda a Disneyland París por el cierre de atracciones durante una huelga y una jueza le quita la razón y le obliga a pagar más dinero
El demandante reclamaba el reintegro total de la estancia y la sentencia defiende la postura del parque y condena al turista a pagar las costas del juicio
A todo el que ha estado en algún gran parque de atracciones se la ha pasado alguna vez por la cabeza. Organizas el viaje con toda la ilusión (y en ocasiones el dinero disponible) del mundo, llegas al destino y encuentras que no todo es tan bonito como lo pintaban. Colas interminables, precios disparados y atracciones cerradas sin motivo aparente. Esto le pasó a un español que viajó a Disneyland París, que acabó demandando al parque de atracciones... sin éxito.
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El caso, interpuesto en junio de 2024, buscaba un reembolso íntegro de su estancia en Disneyland París porque durante la visita, que coincidió con una jornada de huelga en el parque, el demandante y su familia no pudieron disfrutar de diversas atracciones y de actividades habituales, como la firma de autógrafos por parte de los personajes. El demandante alegó que esto constituía un incumplimiento contractual por parte de la entidad EURO DISNEY ASSOCIES SAS, que es el nombre de la mercantil que gestiona Disneyland París.
Las incidencias causaron frustración al demandante y a su familia, y decidieron solicitar la devolución total del precio pagado. Sin embargo, Disneyland argumentó que las interrupciones en el funcionamiento de ciertas atracciones se limitaron a un solo día de los tres que duró la estancia, y se ofreció a medidas compensatorias, que incluían invitaciones para una futura visita y un reembolso parcial de los pases Disney Premier Access por un importe de 240 €, que habían adquirido los demandantes.
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La compañía señaló que las interrupciones se debieron a una «movilización social puntual», y que, en cualquier caso, el demandante había rechazado la oferta de compensación. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Segovia emitió la Sentencia 00304/2025, en un procedimiento europeo de escasa cuantía (PEE 537/2024), y aunque comprendió la frustración del actor por las incidencias sufridas, la sentencia desestimó la pretensión del hombre.
La Jueza Dña. Ana Duro Palencia basó la desestimación de la demanda en dos argumentos principales: primero, una cuestión procesal, al determinar que existía falta de legitimación pasiva, ya que la entidad contratante era EURO DISNEY VACANCES SAS y no la demandada, EURO DISNEY ASSOCIES SAS. Segundo, en cuanto al fondo del asunto, la Jueza determinó que no se acreditó un incumplimiento esencial del contrato que justificara el reembolso total. Se argumentó que la interrupción de ciertas atracciones durante un solo día no puede considerarse una frustración del fin del contrato, pues el demandante pudo disfrutar del resto de instalaciones.
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Puedes leer la sentencia publicada por el Consejo General del Poder Judicial.
Finalmente, el Juzgado consideró que el reembolso total solicitado resultaba desproporcionado, dado que la compañía ya había advertido en sus términos y condiciones sobre la posibilidad de cierres temporales, y las medidas compensatorias ofrecidas (incluyendo los 240 €) eran adecuadas y razonables. Como resultado, la demanda fue desestimada y además se impuso el pago de las costas del juicio (que pueden ser superiores al 10% del importe reclamado) fueron impuestas a la parte demandante.
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