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El Consell quiere habilitar como letrados de la Generalitat a funcionarios abogados

La Abogacía podrá contar con profesionales externos si necesita ampliar el cuerpo para poder agilizar la gestión de fondos europeos

M. Hortelano

Valencia

Miércoles, 24 de febrero 2021, 00:40

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El decreto para agilizar los trámites administrativos que requerirán los fondos europeos sigue varado, pendiente de su inclusión en el orden del día del pleno del Consell. Los socios se han partido en dos (PSPV por un lado, y Unidas Podemos y Compromís por otra parte) para elaborar el texto final, después de que la pasada semana el borrador del decreto ni siquiera fuera incluido en el orden del día de la comisión de subsecretarios previa al pleno por la falta de acuerdo entre partidos. El documento, redactado por la parte socialista, a través de las consellerias de Hacienda y de Presidencia de la Generalitat, pilló por sorpresa a los representantes de las consellerias de Compromís y Unidas Podemos, que trabajan estos días en artículos alternativos para consensuar un texto.

Pero, el texto inicial presentado por Hacienda y Presidencia, del que ya informó este diario, contenía numerosos aspectos que lo convertían en casi una ley de medidas como la que acompaña a los presupuestos y que permite modificar toda suerte de normativas. Entre ellas, algunos cambios para suavizar buena parte de los controles a los que se someten ahora los gastos y subvenciones para agilizar la gestión del dinero de Bruselas. El texto proponía empezar a gastar anticipadamente sin haber presentado proyecto de ley de presupuestos.

O por ejemplo, el Consell aumentará hasta los 12 millones de euros el tope de las subvenciones que se podrán aprobar sin que sea necesario un acuerdo del pleno. Hasta ahora, la cifra estaba en un millón. Las subvenciones podrán, además, cambiar plazos de justificación una vez otorgadas.

Pero, otro de los aspectos que más ha llamado la atención de los socios es la modificación de la ley 10/2005 de asistencia jurídica a la Generalitat, y en concreto, un cambio en su artículo tercero para poder habilitar a personal con estudios de Derecho para ejercer como abogados de la Generalitat. Para ello, el titular de la Abogacía podrá habilitar a personal funcionario de la Generalitat que tenga el título de exigido para ingresar en el cuerpo de letrados de la Administración, para que puedan realizar determinadas funciones en sustitución de los abogados de este órgano, tanto en su función consultiva como en la contenciosa.

Pero, la modificación va más allá y, en caso de que no se pueda realizar esta habilitación a funcionarios abogados, se podrá echar mano de letrados externos. Funcionarios o abogados privados, todos ejercerán bajo la coordinación de la persona titular de la Abogacía de la Generalitat.

La habilitación, en todo caso, está prevista solo para actuaciones concretas, se presupone que relacionadas con funciones que ayuden a agilizar la gestión de los fondos. El personal que quede habilitado como parte de la Abogacía seguirá cobrando el mismo salario del puesto que ocupaba anteriormente, y las mínimas de la Abogacía si requieren jornada completa y no a tenían.

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