Una mujer de 38 años cobrará 1.138,28 euros de pensión por incapacidad absoluta después de que la Seguridad Social se la denegara
Esta panadera castellanomanchega percibirá un subsidio vitalicio del 100% de la base reguladora a causa de su migraña severa
Cuando un trabajador ve anulada su capacidad laboral por una enfermedad o un accidente puede solicitar la pensión por incapacidad permanente para cubrir la falta de ingresos. La Seguridad Social ofrece este subsidio a aquellas personas incluidas en cualquiera de sus regímenes y que cumplan con los requisitos. Hay que tener en cuenta que el organismo distingue tres grados de incapacidad laboral. El primero de ellos es el parcial. Aplica para quienes tienen una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión. El siguiente grado es el que designa que un trabajo no está capacitado para mantener su puesto laboral, pero sí puede tener otro empleo. A continuación, la incapacidad absoluta. Por último, la gran incapacidad; pensada para personas que dependen de cuidados para poder vivir porque no pueden valerse por sí mismas.
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Para que la cuantía de le pensión sea el 100% de la base reguladora la Seguridad Social debe conceder al trabajador la capacidad permanente absoluta. Es el caso de una mujer castellanomanchega de 38 años. Trabajaba como panadera y lleva padeciendo migrañas severas años. Como recoge la sentencia, en un informe de neurología presentado en 2024 se refleja que estos episodios comenzaron en 2015. «Como factores desencadenantes refiere estrés, menstruación y cambios de tiempo. Los episodios duran varios días por mes (entre 15 y 20)», recoge el escrito.
La mujer aseguraba que con este cuadro médico le era imposible realizar sus actividades laborales con normalidad. Ante este escenario solicitó la pensión por incapacidad permanente. En primera instancia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se la denegó. La trabajadora recurrió y llevó el caso al TSJ.
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la sentencia que declaró la incapacidad absoluta derivada de enfermedad común. El alto tribunal castellanomanchego recuerda que la sentencia considera acreditado que la recurrente padece una migraña crónica refractaria sin respuesta a los tratamientos preventivos, con episodios de cefalea crónica diaria y con impacto muy severo.
«En tales circunstancias de salud -dicen los magistrados- resulta evidenciado como indica la juzgadora, que se encuentra impedida para la realización, no solo de sus tareas habituales como dependienta de panadería, sino que es difícilmente imaginable que la demandante, a consecuencia del dolor que padece, pueda realizar actividad profesional alguna, aun cuando no sea de carácter físico, con los mínimos de concentración, dedicación y eficacia que son propias de cualquier quehacer profesional, lo que hace que el motivo deba estimarse», refleja la sentencia.
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Percibirá el 100% de la base reguladora; la cual equivale a 1.138,28 euros al mes. De todas formas, no es firme y puede ser recurrida en casación.
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