La Ley de Costas Valenciana, a las puertas del Constitucional
El Gobierno no cede con los núcleos de especial valor etnológico que dan instrumentos a la Generalitat para frenar los deslindes
El Gobierno tiene el punto de mira puesto en la recientemente aprobada ley de Costas valenciana. Todo indica, tal y como van las negociaciones, ... que esta norma puede acabar en el Tribunal Constitucional como le pasó a una ley similar aprobada por el Parlamento Gallego. En ese caso, la alta magistratura se inclinó por dar la razón al gobierno autonómico frente al Estado.
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El panorama que se le ofrece a la ley valenciano es parecido. Muy bien puede acabar en el alto tribunal tal y como van las negociaciones entre el Gobierno y el Consell en la Comisión Bilateral que intenta acercar posiciones.
El único escollo que queda, de la treintena que se plantearon en un principio, son los núcleos de especial valor etnológico, según destacan fuentes de la Conselleria de Medio Ambiente. Con esta figura la Generalitat quiere blindarse frente a los deslindes. De hecho, la Conselleria de Medio Ambiente está potenciando su aplicación para frenar algunas de estas recuperaciones del dominio público marítimo-terrestre emprendidas por el Ministerio para la Transición Ecológica.
La nueva ley autoriza a a los gobiernos locales a utilizar esta figura para dar respuestas más eficientes a las necesidades de cada municipio. También con ella se podrán proteger los núcleos arquitectónicos en su totalidad y con ello se da un paso más en la protección de los núcleos con valor etnológico. Algunos ya han mostrado interés por esta figura como Moncofa. Otro podría ser las casetes de Nules, la playa del Pinet en Elche. Torre la Sal en Cabanes o la zona de Babilonia en Guardamar.
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Esta normativa también se refiere a que «cuando estos núcleos se encuentren en el dominio público marítimo-terrestre, la conselleria competente en materia de ordenación del litoral llevará a cabo los estudios pertinentes a fin de determinar si dichos bienes conservan o no las características propias de los bienes integrantes de dicho demanio; y en caso de que no fuera así, la Generalitat valenciana instará al Estado su desafectación, conforme a lo previsto en el art. 4-5 de la Ley de costas».
Este es el punto de fricción. El Gobierno no está dispuesto a transigir con esta figura que podría cuestionar la política de deslindes que está acometiendo el ministerio. De hecho, hace unos días tuvo lugar el acto de apeo para trazar la nueva línea del dominio marítimo público terrestre en las playas del Saler por el que el Ayuntamiento de Valencia perdería cerca de un millón de metros cuadrados.
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Fuentes de Medio Ambiente resaltan que se han acercado posturas con el Gobierno en el marco de la comisión bilateral. En total, eran algo más de una treintena de artículos y disposiciones adicionales que se querían abordar en el marco de estas negociaciones. En este sentido, subrayan que está cerca el acuerdo interpretativo o de pequeñas modificaciones de todos los puntos excepto uno, el relativo a los núcleos etnológicos.
Desde la Generalitat, expresan las mismas fuentes, «existe voluntad para seguir negociando este punto (hay que recordar que antes de aprobar la ley ya se trató con el Ministerio de Transición Ecológica) para llegar a un acuerdo sobre la totalidad de una norma que busca desarrollar competencias tal y como lo han hecho otras autonomías antes».
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Pero la Generalitat también lo tiene claro. «Si no se llegara a un acuerdo el pronunciamiento final sobre las competencias de los núcleos etnológicos lo podría tener el Tribunal Constitucional. En este sentido, se recuerda que la normativa gallega ya fue recurrida por el Gobierno y se terminó dando la razón al Ejecutivo autonómico».
Otro de los puntos de discordia, pero que ha sido superado, es la disposición adicional segunda que establece que la Generalitat Valenciana interpondrá «recurso contencioso-administrativo contra la aprobación por la Administración General del Estado de los procedimientos de deslinde del dominio público marítimo-terrestre y contra las disposiciones reglamentarias estatales en materia de costas, cuando afecten negativamente a los intereses públicos cuya defensa y promoción compete a aquélla».
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La misma disposición señala que la Generalitat enviará requerimientos al ministerio cuando no se realicen las obras de regeneración en defensa de la costa y en caso de ser desatendidos también interpondrá recurso contencioso administrativo. Este escollo también ha sido superado.
El Gobierno central también ponía en duda la disposición adicional cuarta que establece que la Generalitat hará un inventario de terrenos incluidos en el dominio público marítimo terrestre que hayan podido degradarse y perder «sus características naturales propias del dominio público marítimo terrestre, a efectos de solicitar del Estado la modificación del deslinde y su desafectación». Esta diferencia también ha sido salvada, según fuentes de la Generalitat.
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