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Ricardo Ferris en en el juicio. Irene Marsilla

Absuelven al exmando de la policía acusado de odio por vincular delincuencia con inmigración ilegal

La Audiencia de Valencia considera que las manifestaciones las ampara la libertad de expresión

Juan Sanchis

Valencia

Jueves, 2 de octubre 2025, 11:03

La Audiencia Provincial ha absuelto al exmando de la Policía en Valencia, Ricardo Ferris, de un delito contra contra los derechos fundamentales y las ... libertades públicas. El fiscal pedía para él una pena de tres años de cárcel, pero el tribunal ha decidido la absolución al considerar que hizo uso de su derecho a la libertad de expresión.

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Los hecho ocurrieron el 14 de octubre de 2022 cuando el entonces inspector de la Policía Nacional y jefe de la Comisaría Centro de Valencia, Ricardo Ferris, participó en un acto organizado por Vox sobre seguridad ciudadana.

En dicho evento, el acusado lanzó una serie de manifestaciones sobre inmigración. En concreto realizó afirmaciones como que «la práctica totalidad de los detenidos que hace la Policía y la Guardia Civil son extranjeros» y que «todos los que vienen en las pateras son expresidiarios». También señaló que «mi madre me decía: la única manera que tenemos de hacer que el perro no cague en casa es meterle el morro en la mierda un par de días y... Yo lo que quiero es esto, meterles a ustedes el morro en la situación actual y que empiecen a actuar».

Estas afirmaciones, y otras que vertió en el curso de su intervención, causaron una fuerte polémica que llevó a su destitución como jefe de la comisaría y a la apertura de un expediente disciplinario que se ha paralizado a la espera de que concluyera el proceso penal. En el ínterim, el inspector pidió su paso a segunda actividad y lo hizo «muy sereno»: «No os preocupéis por mí, que yo no soy ninguna víctima, ni tengo vocación de mártir, soy un policía». En su comunicado, dedicó unas palabras a Marlaska: «Así que voy a hacerle frente al ministro y a todo su entorno decadente, respondiendo a todos y cada uno de sus ataques y difamaciones con toda la contundencia que merece, eso sí, a partir de ahora desde otras trincheras diferentes».

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La sentencia se acoge a los márgenes de la libertad de expresión. Así el tribunal considera que «aun admitiendo que el acusado se extralimitó en algunos momentos de su charla, debemos ser restrictivos en las limitaciones a la libertad de expresión y consideramos que la imposición de penas de prisión en este caso supondría una reacción desproporcionada, convirtiendo el Derecho Penal en un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión».

El escrito judicial recoge doctrina del Tribunal Constitucional que «ha dejado sentado que la libertad de expresión también vale para las ideas y opiniones que contrarían, chocan e inquietan al Estado o a una parte cualquier de la población. Y ha llegado a decir que no es delito la mera transmisión de ideas, ni siquiera en los casos que se trate de ideas execrables por resultar contrarias a la dignidad humana».

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Por otro lado, la sentencia se detiene en afirmar que las palabras del exmando policial se pueden conectar con actos de «violencia, agravio o discriminación, del que se pueda decir que fue consecuencia precisamente de las palabras del acusado».

El auto judicial también recoge una sentencia del Tribunal Supremo en la que se indica que «lo que es objeto de castigo en los delitos de odio, no puede ser la expresión de una idea, sino cuando se haga de modo que incorporen una provocación al odio, a la discriminación o a la violencia». Además, la sentencia señala que «considerar la nacionalidad de los delincuentes está en el debate público y este dato aparece incluso en los anuarios estadísticos del Ministerio del Interior que distingue entre delitos cometidos por españoles y delitos cometidos por extranjeros».

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Por otro lado, la sentencia hace referencia a que «el lenguaje utilizado no incluye calificativos o expresiones vejatorias o injuriosas, referidas a los inmigrantes en general (...) No se emplean epítetos o descalificaciones que incorporen en su semántica el menosprecio o un mensaje de odio».

También subraya que el discurso del acusado «no constituye un ataque en general e indiscriminado a todos los extranjeros». En esta línea, sostiene que Ferris sostuvo en el juicio que no quería «enfocar su discurso en la delincuencia. Aunque la expresión 'todos los delincuentes son extranjeros' sigue siendo falsa e injusta y también tiene un componente ofensivo (la delincuencia es un atributo de los extranjeros) debemos valorar los matices que introduce el propio orador para interpretar si el discurso tenía o no una finalidad discriminatoria y ofensiva para el colectivo entero». Y añade «en contexto de crítica política, con un discurso razonado, sin expresiones en sí mismas injuriosas, el uso de la hipérbole supone una extralimitación que debe ser tolerada para garantizar la libertad de expresión».

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Además, indica que el discurso del acusado «no contiene una incitación directa a la violencia», pero sin embargo «sí efectúa un llamamiento genérico a la acción ciudadana y dice que los españoles vamos a tener que dejar de ser un pueblo pacífico».

Apunta, por otra parte, a que el acto estuvo organizado por un grupo político por lo que tiene «una dimensión política» por lo que los márgenes «de ejercicio de la libertad de expresión se amplían notablemente cuando quienes lo ejercen son personas elegidas democráticamente con una finalidad de actuación en el ámbito político».

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Considera que aunque el acusado «empleó términos demasiado categóricos y efectuó valoraciones más que discutibles, algunas de las cuales podrían ser molestas e incluso ofensivas, la idea preponderante de su discurso no fue denigrar a todo un colectivo, sino plantear su visión de la política de seguridad y política migratoria».

La sentencia, notificada este jueves a las partes y que puede ser recurrida en apelación, recoge, por último, que la intervención del Derecho Penal «debe ser previsible para el ciudadano medio, por lo que debe limitarse a los casos más palmarios e indiscutibles de incitación a la xenofobia».

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