Urgente El nuevo precio del tabaco desde hoy, en el estanco y con recargo: cambia en Marlboro, Chesterfield o Phillip Norris
El acusado de asesinar a un sintecho en el cauce del Túria e intentarlo con otro, que sigue en coma. Ignacio Cabanes

El asesino del cauce de Valencia elude la cárcel por un trastorno delirante

Le imponen 23 años de internamiento por asesinar a un sintecho y dejar en coma a otro tras golpearles con una piedra mientras dormían

Ignacio Cabanes

Valencia

Martes, 8 de julio 2025, 00:16

El hombre que en la madrugada del 7 de febrero de 2024 asesinó a un sintecho golpeándole con una piedra en la cabeza mientras dormía bajo un puente del viejo cauce del Túria, y que luego atacó de igual forma a un segundo indigente al que dejó en estado de coma -situación en la que todavía hoy, un año y medio después, permanece– reconoció ayer ambos asesinatos (uno consumado y otro en grado de tentativa) y aceptó sendas medidas de seguridad que suman un máximo de 23 años de internamiento en un centro psiquiátrico. De esta forma el acusado, que hasta ahora se encontraba en prisión provisional, elude la cárcel por el trastorno delirante que padece y por el que no era consciente de sus actos.

Publicidad

Tras el acuerdo de conformidad alcanzado ayer por su defensa, ejercida por el letrado Pablo Tamarit, y la Fiscalía, Hame K. ha sido absuelto al aplicarle una eximente completa de enajenación mental y la atenuante de confesión, ya que esa misma madrugada se entregó en el retén de la Policía Local de la Primera Unidad de Distrito de Valencia y aseguró a los agentes que había matado a dos hombres.

Al menos eso era lo que él creía, ya que al segundo lo dejó también por muerto a la altura del puente de las Glorias Valencianas, en la rampa de subida frente al almacén de jardinería. A ambas víctimas las atacó por sorpresa mientras se encontraban durmiendo, de ahí que se le acusara de dos delitos de asesinato. Por el asesinato consumado se le imponen un máximo de quince años de internamiento, y por la tentativa otros ocho años.

Antes de poder reconocer los hechos el acusado fue explorado por un médico forense de la unidad de Psiquiatría del Instituto de Medicina Legal de Valencia para saber si estaba en condiciones o no de poder declarar. El especialista determinó que sí ya que el trastorno delirante que padece no le impide responder sobre los hechos acontecidos, aunque sí sobre la motivación de esta conducta violenta fruto de un brote. Así, este tipo de trastorno afecta por completo a las bases psicobiológicas de su imputabilidad en relación con los hechos que se le atribuyen, y suponen una alteración profunda de la capacidad de juicio y reflexión, que le anula su capacidad de comprender y obrar libremente. De ahí que se contemple la eximente de enajenación mental.

Al llegar a una conformidad no fue necesario ni formar al jurado popular, cuya formación y comienzo del juicio estaba previsto este próximo miércoles, y el presidente del tribunal dictó sentencia in voce. El acusado solo quiso matizar una cuestión sobre el relato de hechos probados, que no golpeó dos veces a su primera víctima en la cabeza mientras dormía con una piedra de enormes dimensiones, sino una sola vez. Por lo que se suprimió el número de veces que golpeó al fallecido, Sandel Branea, de 56 años y nacionalidad rumana.

Publicidad

Expulsión del país

Tras el reconocimiento de hechos el reo va a ser trasladado a un centro psiquiátrico, en el que cada año se revisara su estado mental para ver si está en condiciones de salir. Además, dichas medidas de seguridad por un máximo de 23 años se le suspenden por su expulsión a Malí, país natal del acusado, con la prohibición de regresar a España durante diez años.

Asimismo, en concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar con 80.000 euros a la hermana del fallecido y con 40.000 euros al sintecho, de 47 años y nacionalidad española, que sobrevivió al ataque pero que todavía hoy sigue en estado de coma.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete a Las Provincias al mejor precio

Publicidad