La prensa gana una batalla histórica frente a Meta, condenada por competencia desleal
La Justicia española sentencia a pagar 542 millones de euros a la multinacional, que el año pasado facturó 164.500 millones
La prensa española logró ayer una victoria judicial histórica frente al imperio tecnológico de Meta, matriz de Facebook, Instagram y WhatsApp. El Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid ha condenado a la compañía a pagar 542 millones de euros a 87 editoras de prensa digital y agencias de noticias agrupadas en AMI -entre ellas, los medios del grupo Vocento- por haber obtenido una «ventaja competitiva ilícita» al explotar datos personales de millones de usuarios sin base legal para vender publicidad personalizada.
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La resolución llega tras una audiencia previa celebrada hace un año sin acuerdo y un juicio desarrollado los días 1 y 2 de octubre, en el que declararon testigos y peritos de ambas partes. La compensación se distribuye así: 479 millones de euros para las editoras de prensa y las cesionarias de derechos de explotación publicitaria; 60 millones en intereses; 2,5 millones para Europa Press, más 328.000 euros en intereses; y algo más de 14.000 euros para Radio Blanca.
El magistrado Teodoro Ladrón considera que Meta obtuvo una ventaja competitiva «significativa» al usar una cantidad «enorme» de datos, que las editoras españolas jamás podrán igualar, por mucho que también realicen publicidad en internet. Para cuantificar el daño, tomó como base el 'Estudio sobre las condiciones de competencia en el sector de la publicidad online en España' de la CNMC, ya que -señala- la filial de Meta en España no aportó información contable de su negocio, cuya matriz europea opera desde Irlanda. El fallo se aproxima a lo solicitado por los medios, aunque «nos hemos quedado cortos», aseguran los demandantes. El año pasado, Meta ganó 54.067 millones de euros. Los poco más de 540 millones destinados a la prensa representan el 0,99% de sus ganancias y el 0,38% de sus ingresos publicitarios anuales. Su facturación fue a 164.500 millones de dólares. La sentencia, de 59 páginas, establece que la compañía trató datos de forma antijurídica entre mayo de 2018 -entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)- y julio de 2023, tras sustituir irregularmente el consentimiento del usuario por una supuesta ejecución del contrato. «Es Meta la que ha de adaptarse al RGPD y no el RGPD el que ha de adaptarse a Meta», subrayó el juez, recordando que el regulador irlandés ya sancionó a la compañía en 2022 por este mismo motivo.
«Si la base legal es inadecuada, deviene ilícito el tratamiento de los datos personales de los usuarios para realizar publicidad»
Teodoro Ladrón
Juez de Lo Mercantil 15 de Madrid
«Esta sentencia es un hito para la defensa del periodismo y de los derechos de los ciudadanos. El juez confirma que Meta compitió de forma desleal durante años, vulnerando la privacidad de millones de usuarios y perjudicando gravemente a los medios que sí cumplimos la ley. Es una victoria de la democracia, de la información veraz y de la competencia justa», valoró la presidenta de la Asociación de Medios de Información (AMI), Irene Lanzaco, quien añadió que la conducta «aboslutamente oscurantista» de gigantes tecnológicos como Meta amenaza la sostenibilidad de los medios y, con ello, el derecho a la información de los ciudadanos.
Recorrido europeo
Mientras tanto, Meta -como otras grandes tecnológicas- opera desde regímenes fiscales ventajosos, reconoce un empleo directo mínimo en España y continúa obteniendo beneficios millonarios con un modelo opaco basado en la recopilación masiva de datos personales.
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El fallo abre un camino. En España hay otra demanda en marcha presentada por televisiones y radios asociadas de Uteca y Aerc, que reclaman más de 160 millones de euros por idéntico motivo. En Francia, medio centenar de medios impulsan un proceso similar. El impacto podría extenderse al conjunto de Europa.
El juez destaca que esa ventaja competitiva se basa en el «enorme volumen de datos» de los usuarios de Meta en España, algo que las editoras «jamás podrán igualar». También rechaza la idea de que «un exceso de normativa ahoga su modelo de negocio», y recuerda que en un mercado de 450 millones de habitantes en la UE, es Meta quien debe adaptarse a la ley.
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La publicidad hipersegmentada
El mercado de la publicidad hipersegmentada es una de las principales fuentes de ingresos de las grandes tecnológicas. «Lo hacen todos», defendieron los testigos de Meta, en referencia a la segmentación de audiencias que también practican «los medios tradicionales y las nuevas plataformas digitales».
El peso de las plataformas tecnológicas en el mercado publicitario se ha disparado en los últimos años, hasta aglutinar cuatro de cada diez euros de inversión en 2023, según datos del estudio i2p, elaborado por la consultora Media Hotline junto con la compañía de control publicitario Arce Media. «Este caso no es sólo una cuestión empresarial: está en juego la protección de los derechos de millones de ciudadanos europeos cuyos datos han sido explotados sin su consentimiento», defendió Irene Lanzaco, directora general de la AMI.
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Según la explicación de los directivos de Facebook, la publicidad en sus plataformas -Facebook e Instagram, principalmente- se asigna mediante un sistema de subasta. No siempre gana el que más paga: el algoritmo pondera la puja del anunciante, la calidad percibida del anuncio y la probabilidad de interacción del usuario. Con esos datos selecciona qué anuncio mostrar.
«Este caso no es sólo una cuestión empresarial: está en juego la protección de los derechos de millones de ciudadanos europeos»
Irene Lanzaco
Directora General de AMI
Según estos testigos, la clave no está en acumular grandes volúmenes de datos, sino en procesarlos de forma eficiente y permitir que las campañas se ajusten en tiempo real, de manera que tanto una gran marca como un pequeño comercio puedan competir en igualdad de condiciones.
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Este asunto trasciende claramente el ámbito nacional y se proyecta a nivel europeo. En su razonamiento, el juez dedica una parte relevante a examinar la normativa y las resoluciones de la Unión Europea, subrayando que los servicios de Facebook e Instagram funcionan bajo los mismos criterios en todos los Estados miembros y se rigen por idénticas reglas legales.
Además, no se trata de un episodio aislado: en Francia también avanza un procedimiento judicial con planteamientos semejantes. Por ello, el fallo emitido en España podría actuar como precedente o guía para futuros casos en otros países de la UE.
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Por su parte, Meta ya ha anunciado que recurrirá el fallo emitido en primera instancia. «No estamos de acuerdo con la sentencia del tribunal y la recurriremos. Se trata de una demanda infundada que carece de pruebas del supuesto perjuicio y que ignora deliberadamente cómo funciona el sector de la publicidad online. Meta cumple con todas las leyes aplicables y ha proporcionado opciones claras, información transparente y una serie de herramientas a los usuarios para que controlen su experiencia en nuestros servicios», trasladó un portavoz de Meta Company a este diario.
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