Europa cambia el plazo para reclamar miles de euros a quien compró un vehículo con el precio inflado entre 2006 y 2013
El Tribunal de Justicia de la UE aclara que las acciones contra el cártel de coches no están prescritas
En julio de 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) dictó una resolución mediante la que sancionó a múltiples fabricantes de automóviles con una multa millonaria. Les acusaba de pactar los precios al alza en los vehículos vendidos entre 2006 y 2013, al entender que habían alcanzado un acuerdo para intercambiarse información comercialmente sensible y estratégica, que afectaba a la distribución y comercialización de todos los vehículos distribuidos en España por dichos fabricantes, algo prohibido por ley.
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La resolución fue recurrida y llegó al Tribunal Supremo, que confirmó que más de una veintena de fabricantes constituyeron un cártel para pactar los precios al alza. Los afectados tienen derecho a la devolución del dinero pagado de más, y ahora el Trbunal Europeo de la UE ha determinado que además tienen un plazo mayor del que creían para poder reclamar.
Hasta junio de 2026
El TJUE aclara que la fecha en la que empezó a correr el plazo de prescripción fue, en el caso de Nissan, el 7 de junio de 2021, día en el que el Tribunal Supremo (TS) emitió la primera sentencia confirmando la existencia del cártel de coches. A partir de ahí, los afectados tienen cinco años para reclamar, por lo que, en ese asunto, el plazo permanecerá abierto hasta junio de 2026.
Esta interpretación debe extenderse a cada marca en particular, entendiendo que el plazo empieza a correr en la fecha en la que el TS haya dictado para cada caso la sentencia confirmatoria de la participación en el cartel.
¿Puedo reclamar? Las marcas de coches y fechas de compra
Si compraste un vehículo nuevo en un concesionario oficial de una de las marcas que aparecen en este listado en las fechas que indicamos, es muy posible que seas uno de los afectados, según explica FACUA, que es la organización de consumidores que presentó la demanda. Las marcas y los coches afectados son:
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• Citroën: febrero de 2006 a julio de 2013.
• BMW: junio de 2008 a noviembre de 2009.
• Jeep: julio de 2010 a julio de 2013.
• Dodge: julio de 2010 a julio de 2013.
• Chrysler: julio de 2010 a julio de 2013.
• Fiat: febrero de 2006 a julio de 2013.
• Alfa Romeo: febrero de 2006 a julio de 2013.
• Lancia: febrero de 2006 a julio de 2013.
• Ford: febrero de 2006 a julio de 2013.
• Opel: febrero de 2006 a julio de 2013.
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• Honda: abril de 2009 a abril de 2012.
• Hyundai: julio de 2011 a julio de 2013.
• Nissan: junio de 2008 a julio de 2013.
• Peugeot: febrero de 2006 a julio de 2013.
• Renault: febrero de 2006 a julio de 2013.
• Dacia: febrero de 2006 a julio de 2013.
• Toyota: febrero de 2006 a septiembre de 2012.
• Lexus: octubre de 2007 a septiembre de 2012.
En los casos de Audi, SEAT, Skoda y Volkswagen, FACUA asegura que ha prescrito el asunto por lo que la reclamación al fabricante no puede realizarse.
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En su sentencia de este pasado jueves, el TJUE considera que, si bien corresponde al juez nacional pronunciarse al respecto, la acción por daños del presente litigio no parece haber prescrito, porque el plazo de prescripción empieza a correr una vez que las resoluciones sean firmes y la persona afectada tenga conocimiento de toda la información necesaria para ejercitar la acción por daños.
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