Barrendero trabajando. FERNANDO DE LA HERA

Un trabajador recibirá 13.409 euros por un despido improcedente tras llevar 14 contratos temporales seguidos

Este barrendero manchego recibirá un indemización por uso abusivo de la contratación temporal

Jaime Vázquez García

Viernes, 21 de noviembre 2025, 01:17

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha ratificado la improcedencia del despido de un empleado municipal de Iniesta (Cuenca), cuya relación laboral se prolongó durante más de diez años mediante contratos temporales y de interinidad. La resolución judicial obliga al Ayuntamiento a indemnizar al trabajador con 13.409,36 euros, al considerar que su contrato debía haberse reconocido como indefinido.

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El origen del conflicto se remonta al 1 de diciembre de 2012, fecha en la que el empleado firmó su primer contrato temporal para cubrir vacaciones en el servicio de recogida de residuos. Entre 2012 y 2016, según la sentencia, la empresa formalizó 14 contratos temporales consecutivos destinados exactamente a la misma función: suplir ausencias por vacaciones.

A partir de enero de 2016, la Administración local optó por un contrato de interinidad supuestamente vinculado a la baja médica de un trabajador fijo. Sin embargo, el tribunal determina que estas contrataciones no respondían a necesidades puntuales, sino estructurales, situando la práctica en un claro fraude de ley. Además, el Ayuntamiento mantuvo el contrato de interinidad durante años sin adaptarlo, incluso cuando la baja del empleado sustituido pasó a ser definitiva.

Una reincorporación que no justificaba el fin del contrato

El Ayuntamiento comunicó el despido el 28 de mayo de 2024, efectivo desde el 2 de junio, alegando la vuelta del trabajador al que supuestamente se estaba sustituyendo. Pero la Sala del TSJCLM aclara que quien regresó realmente fue un empleado distinto, que volvía de una excedencia y no era la persona cuya incapacidad temporal originó la interinidad. Por tanto, la causa extintiva «no se correspondía con la realidad».

La Administración llegó incluso a mantener dos contratos paralelos para cubrir la misma baja: uno asignado al demandante como peón y otro a un trabajador fijo en calidad de conductor, irregularidad que se prolongó ocho años sin corrección.

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El tribunal decidió que es un despido improcedente

El Juzgado de lo Social nº 2 de Cuenca ya había declarado improcedente el despido al considerar que existía una continuidad esencial en la relación laboral desde 2012. El TSJ respalda este razonamiento basándose en la doctrina del Tribunal Supremo, que exige computar la antigüedad desde el primer contrato cuando existe fraude en la contratación temporal.

En consecuencia, el Tribunal Superior desestima íntegramente el recurso presentado por el Ayuntamiento de Iniesta, confirma la improcedencia del despido, mantiene la indemnización fijada en primera instancia y le impone las costas del proceso. Contra esta sentencia solo cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

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