Las personas que no tienen que ir a trabajar por la DANA y que no podrán «sufrir represalias»
Trabajo explica los supuestos en los que se puede utilizar el teletrabajo y los casos en los que los empleados se podrán ausentar y coger permisos retribuidos
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha explicado qué personas están dispensadas de acudir a trabajar en la provincia de Valencia y el resto de zonas de España afectadas por la DANA. Según ha difundido el Ministerio, las personas que no estén en condiciones de trabajar no deben acudir a sus puestos de trabajo y se podrán ausentar acogiéndose a permisos retribuidos, al tiempo que ha asegurado que podrán hacer uso del teletrabajo «todas las personas que tengan dificultades para ir a trabajar con seguridad».
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Además, el teletrabajo no se contemplará como medida para aquellas personas que no puedan hacerlo por falta de dispositivos o cobertura para ello.
Quién no debe trabajar y tendrá permiso retribuido
El Ministerio ha establecido un listado de grupos de personas que están eximidas de ir a trabajar y los motivos. «En estos supuestos, todas las personas trabajadoras podrán ausentarse y acogerse a permisos retribuidos», ha sentenciado Yolanda Díaz.
Las personas excluidas de trabajar son las que se encuentren en estos casos:
• Si el desplazamiento supone poner en peligro tu seguridad o interfiere en las labores de rescate y recuperación de zonas afectadas.
• Si necesitas buscar a familiares desaparecidos o hacerte cargo de un fallecimiento.
• Si has perdido tu vivienda o enseres.
• Si no cuentas con dispositivos o cobertura, no se contemplará la necesidad de teletrabajo.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha destacado que «quienes no estén en condiciones de trabajar no deben acudir a sus puestos de trabajo», y ha subrayado que Trabajo «se encargará de que ninguna persona trabajadora sufra represalias o se vea perjudicada».
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