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Una oficina del SEPE en una imagen de archivo. EP

El SEPE suspenderá el paro a los desempleados que no cumplan con sus obligaciones

Durante el cobro de esta prestación hay que cumplir con una serie de requisitos

Lunes, 4 de agosto 2025, 00:06

La situación económica en nuestro país es complicada. Recientemente, el paro ha bajado 236.100 personas en el segundo trimestre del año y hemos llegado a los 22 millones de ocupados, una cifra récod. Sin embargo, todavía hay muchas personas que se encuentran en una situación de desempleo. El Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) es el encargado de otorgar la prestación por desempleo a quienes cumplen con los requisitos requeridos por el organismo. Aquellos que sean beneficiarios de esta ayuda pero no cumplan con una serie de obligaciones podrían perderla.

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Una de ellas es demostrar la intención clara de reincorporarse al mundo laboral por parte de aquellos desempleados que se benefician de estas prestaciones. Por ello, obliga a estar dado de alta como demandante de empleo una vez terminado el último contrato laboral. El plazo para hacer este trámite es de 15 días. También deben de acudir a los cursos de formación para los que sean llamados.

Además, están obligados a aceptar una oferta de trabajo que se adapte al perfil laboral y las necesidades personales del desempleado. De incumplir o rechazar alguna de las cuestiones anteriores, el Servicio Público de Empleo puede proceder a suspender la ayuda.

«El rechazo de una oferta de empleo adecuada o de un curso de formación, sin causa justificada, está considerado como infracción grave de las personas beneficiarias y solicitantes de prestaciones. Dicha infracción se sanciona con la pérdida de la prestación tres meses la primera vez, seis meses si se reincide una segunda vez y con la extinción de la prestación si hay una tercera vez», explica el organismo en su web.

Los casos en los que pueden rechazar un trabajo

Existen tres escenarios en los que el SEPE ampara la decisión de un trabajador de no acudir a los cursos de formación obligatorios o de rechazar una oferta de empleo que coincide con su perfil, cualidades y necesidades:

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- El trabajador demuestra que la oferta no es adecuada por razones como horario incompatible con sus obligaciones personales o familiares, distancia excesiva del hogar, remuneración insuficiente o por debajo del Salario Mínimo Interprofesional... Por ejemplo, alguien que cuide de una persona dependiente de grado 3 podrá acogerse a su derecho a rechazar el trabajo.

- Si el implicado se encuentra enfermo de gravedad o un accidente le imposibilita aceptar o ejercer el empleo.

- Si está en proceso de adopción o acogimiento familiar.

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