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DIARIO SUR

Restricciones y sanciones por caza ilegal en Murcia

La veda para la mayoría de modalidades y especies comenzará el 12 de octubre y se extenderá hasta el 6 de enero

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Jueves, 2 de junio 2022, 20:17

El Boletín Oficial de la Región de Murcia (Borm) ha publicado el calendario de caza, así las especies autorizadas y las modalidades de captura cinegética. De este modo, y de forma general, la veda para la mayoría de modalidades y especies comenzará el 12 de octubre y se extenderá hasta el 6 de enero.

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La normativa establece la siguiente valoración en la Región de Murcia a efectos de indemnización complementaria, por pieza de caza cobrada ilegalmente o incumpliendo las normas fijadas en el condicionado de la autorización expedida por Órgano Directivo en materia de caza, sin perjuicio de las indemnizaciones que, con carácter general, correspondan y estén establecidas legalmente.

De este modo la sanción para un ejemplar de cabra montés macho es de 12.000 euros y la hembra de 5.000 euros. Para el ciervo y el corzo machos será de 6.000 euros y las hembras 3.000. En cuanto, el gamo, muflón, arrui y jabalí la sanción asciende a los 3.000 euros.

Por su parte las pieza de caza menor cobradas en exceso de cupo serán sancionadas con 300 euros.

En cuanto, a las prohibiciones se exceptúan de estos calendarios la caza en la Reserva Regional de Caza de Sierra Espuña en la cual la actividades cinegéticas se realizará conforme al calendario que prevea su plan técnico.

Además, queda prohibida la celebración de ganchos, batidas y monterías los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto, época de nidificación y cría de otras especies, con las excepciones previstas en las normas específicas de esta Orden.

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