Siete meses de cárcel por el maltrato psíquico a su novia de trece años en Valencia
Se le condena por los insultos y mensajes ofensivos reiterados pero es absuelto de las agresiones sexuales por las que se enfrentaba a 14 años de prisión
El joven que se enfrentaba a penas de 16 años de prisión por las presuntas agresiones sexuales a su novia de trece años y por la violencia psíquica habitual a la menor ha sido finalmente absuelto de los delitos sexuales y la Audiencia Provincial de Valencia le condena solo a siete meses de cárcel por el maltrato psicológico. El propio acusado, que se jactaba de tener sexo con la menor delante de sus amigos, aprovechó el derecho a la última palabra durante el juicio para insistir en que no había violado a su novia, pero reconoció: «No he sido un novio ejemplar».
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La Sección Primera de la Audiencia Provincial considera probado el maltrato psíquico habitual al que el acusado, cinco años mayor que su víctima, sometía a la menor durante el año en el que mantuvieron una relación sentimental, entre junio de 2022 y julio de 2023. El joven, que ahora tiene 20 años, se dirigía a la menor con insultos y mensajes como: «puta, puta de mierda, me das asco, púdrete, muérete, vete a chupar pollas o a follar por ahí, ojalá nunca te hubiera conocido», y otras expresiones similares. Este trato despectivo era reiterado y tanto de forma presencial como con llamadas de teléfono a altas horas de la noche.
«Debido a su dependencia emocional y pese a los insultos que recibía del acusado», la víctima era quien le pedía perdón y le rogaba que se calmara, sintiéndose culpable, como suele ocurrir en muchos casos de violencia machista, y todavía más cuando como en este caso hay una diferencia de edad entre el agresor y su pareja, de solo trece años.
«La frecuencia de estas situaciones, prácticamente diarias, en las que el acusado mostraba una actitud agresiva sumían a la menor en un estado de angustia e inquietud que le impedía desarrollar libremente su personalidad provocando en la misma una situación de sometimiento emocional al acusado», según los hechos probados.
Como consecuencia de este maltrato psicológico la menor ha sufrido una situación de estrés postraumático con ansiedad y alteraciones del sueño, «presentando situación de vulnerabilidad social sobrevenida por su relación de pareja». Este daño psíquico quedó acreditado por el informe forense, según indica el fallo.
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«Se podría plantear un posible móvil espurio habida cuenta que lo que parece desencadenar la denuncia es el hecho de que el acusado no quisiera seguir con la relación», pero el tribunal entiende que «ello no diluye el valor probatorio del testimonio de la menor».
Los mensajes de la víctima
Lo que no considera probado el tribunal es el delito continuado de agresión sexual. La defensa, ejercida por la letrada Isabel Andrés, del despacho Monzó Andrés & Asociados, presentó mensajes en los que la víctima reconoce su animadversión hacia el acusado por «haberle puesto los cuernos» con su amiga.
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El magistrado argumenta que «las comunicaciones o mensajes por parte de la víctima después de la denuncia en la que parece alegrarse de la situación por la que atraviesa el acusado a consecuencia del procedimiento judicial nada aporta a los efectos de negarle crédito a su relato y bien pueden ser entendida como lógica consecuencia de exteriorizar un sentimiento de rechazo a su persona».
Aunque al mismo tiempo la Sala no considera suficiente probado que llegaran a producirse las agresiones sexuales que relata la menor. «Se ofrece un relato indeterminado en cuanto al tiempo y harto esquemático sobre las concretas circunstancias de los sucedidos», además la Sala indica que no hay elementos periféricos «que corroboren las relaciones sexuales no consentidas que las acusaciones atribuyen al acusado».
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