Pilar Alegría, ministra de Educación y portavoz del Gobierno, en una rueda de prensa EP

El Gobierno aprueba hoy el decreto que endurece los criterios para crear una universidad

Las exigencias, entre ellas tener 4.500 alumnos e investigadores que capten ayudas por el 2% del presupuesto, las deben cumplir todos los centros, los nuevos y los antiguos

Martes, 7 de octubre 2025, 11:13

El Consejo de Ministros aprobará hoy el real decreto que fija los nuevos requisitos para la creación, reconocimiento y autorización de universidades, que endurece de ... forma significativa los actuales, fijados por el propio Gobierno de coalición en otro real decreto de 2021. El presidente Pedro Sánchez, cuando avanzó el cambio legislativo hace seis meses, aseguró que busca garantizar que cualquier centro, presente o futuro, que expida títulos universitarios en España lo haga con criterios de calidad equiparables a los de los principales países europeos, especialmente en su labor investigadora, y también que la reforma evite que algunas autonomías populares, entre las que citó a Madrid, vuelvan a autorizar nuevas universidades que en realidad no son más que «academias» o «chiringuitos educativos privados».

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Los nuevos criterios, entre los que está la obligación de tener un mínimo de 4.500 alumnos, superar un informe vinculante de las agencias oficiales que evalúan la calidad de la enseñanza universitaria, garantizar alojamiento para al menos al 10% de los matriculados, lograr contratos de investigación por no menos del equivalente al 2% del presupuesto o tener un capital básico garantizado, deberán ser cumplidos por todos los que aspiren a montar una universidad pública o privada en España, pero también por todos los campus ya autorizados o en funcionamiento, que de no adaptarse a las nuevas exigencias en los próximos tres años verían revocada su licencia.

El decreto, que en líneas generales ha sido respaldado por CRUE, el órgano que reúne a los rectores de las (77) principales universidades públicas y privadas del país, y por las mayor organización de estudiantes (CREUP), y que incluye concesiones al PNV para lograr su apoyo, muy posiblemente será impugnado ante el Tribunal Constitucional al menos por la presidencia de Madrid, Isabel Ayuso, quien asegura que incluye elementos inconstitucionales, invade competencias y es en realidad una venganza contra los promotores privados de educación superior.

Pedro Sánchez aseguró que con esta reforma buscaba terminar con la apertura de «chiringuitos educativos privados» como los autorizados por la Comunidad de Madrid

Estas son algunas de las principales novedades que está previsto que incluya el real decreto que se aprobará esta mañana:

Obligaciones para todos

La gran mayoría de los nuevos requisitos, todos menos el nuevo informe vinculante de la administración y la disposición de alojamientos para no menos de un 10% de los matriculados en grados, no solo son de obligado cumplimiento para los proyectos de campus que aspiran a ser autorizados sino también para los que ya cuentan con licencia o están en funcionamiento desde antes de la aprobación y próxima entrada en vigor de la reforma (a los 20 días de la publicación en el BOE). Todas las universidades que funcionan en el país (50 públicas y 46 privadas) cuentan con un plazo de tres años para cumplir con los nuevos criterios y las ya autorizadas, pero que aún no han recibido permiso para iniciar las clases, tienen los mismos tres años, pero desde que comiencen su actividad académica.

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Un informe vinculante

Las autonomías podían aprobar hasta ahora proyectos de nuevas universidades con informes negativos de la Conferencia General de Política Universitaria, el órgano de coordinación en materia de educación superior que reúne a representantes del Ministerio de Ciencia y de las autonomías, porque esa evaluación era preceptiva, pero no vinculante. A partir de ahora no podrán autorizar proyectos de universidades que no superen un informe en profundidad realizado por su agencia de evaluación de la calidad y la acreditación o por la agencia estatal (ANECA), en el caso de los campus 'online'. El nuevo informe, que se añade al ya existente, no solo será preceptivo sino también vinculante y deberá asegurar, con una análisis riguroso e independiente, que el proyecto garantiza los criterios de calidad exigidos por el real decreto. El informe vinculante será obligado para cualquier nueva solicitud, pero también para los ocho proyectos que a la entrada en vigor del real decreto aún no contaban con el informe preceptivo anterior para su creación, aunque ya lo habían solicitado.

Un mínimo de 4.500 matriculados

Las universidades, para que se autorice su creación o no se revoque su actual licencia, deberán tener matriculados un mínimo de 4.500 alumnos entre grados, máster y cursos de posgrado oficiales. Los actuales tienen tres años para cumplir el plazo -unos catorce campus no cumplen este volumen de estudiantes a día de hoy- y los nuevos seis años desde el inicio de su actividad. Si pasado el plazo de seis años no cuentan al menos con el 80% de los alumnos exigidos, se le revocará la autorización académica.

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Un 10% de alojamientos de alumnos garantizado

Esta condición solo es para los nuevos proyectos autorizados tras la reforma. Estas universidades deberán disponer de una capacidad mínima de alojamiento para el 10% de los alumnos que prevén tener matriculados al cuarto año de funcionamiento en sus grados. El motivo es que en España hay un millón de universitarios que estudian fuera de su lugar de residencia y que no pueden afrontar los alquileres del mercado de la vivienda.

Al menos 50% de alumnos de grado

Transcurridos seis años desde el inicio de las clases en una universidad el estudiantado de grado y dobles grados debe ser al menos el 50% de los matriculados en todos los estudios. Hay una excepción para potenciar la internacionalización. Si tiene más de un 50% de alumnos de máster extranjeros, se le permitirá que los de grado solo sean el 35% del total de estudiantes oficiales.

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Oferta académica mínima

Todas las universidades tendrán como oferta académica mínima 10 títulos oficiales de grado, seis de máster y tres programas de doctorado. Además, la oferta académica debe abarcar al menos tres de las cinco ramas de conocimiento (Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura).

Investigación en I+D+i

Las universidades deberán destinar un mínimo del 5% su presupuesto a investigación y deberán captar en convocatorias competitivas contratos de I+D+i por un valor mínimo al 2% de su presupuesto en su quinto año de funcionamiento. Si no cumplen con estas exigencias en plazo se les apercibirá y si en dos años continúan con el incumplimiento será motivo de revocación de la licencia.

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Blindaje financiero

Los nuevos proyectos, para ser aprobados, deben tener desde el inicio asegurados los fondos necesarios para afrontar su actividad (profesorado y plantillas, instalaciones, equipamientos, laboratorios...). Los fondos deberán estar garantizados por un aval bancario depositado en un fondo propio o en entidades financieras.

Los centros 'online' serán estatales salgo en tres casos (las concesiones al PNV)

Las universidades 'online', las que impartan al menos el 80% de sus créditos a distancia, como norma general se consideran instituciones presentes en todo el territorio nacional por lo que su creación deberá ser aprobado por las Cortes Generales (ahora por las asamblea autonómicas) y el informe de evaluación vinculante lo hará la agencia estatal (ANECA). Al año de su puesta en marcha, al menos el 75% de su profesorado debe residir en España. Tendrán seis años para alcanzar el mínimo de 4.500 alumnos matriculados.

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Sin embargo, por pacto con el PNV, habrá tres excepciones en las que será la agencia de evaluación de la comunidad la que haga el informe vinculante y el parlamento autonómico el que apruebe la nueva universidad 'online'. Será así cuando las solicitantes tengan precios públicos fijados por esa comunidad, cuando tengan la sede en una autonomía con lengua cooficial y al menos el 50% de las clases se den en esa lengua y cuando la autonomía financie al menos el 20% de su presupuesto.

Posibilidad de repesca

Las autonomías o el ministerio, previo a la incoación de un expediente de revocación a la universidad de la licencia de actividad, podrá establecer un plan a tres años, que tendrá carácter obligatorio, para que la institución alcance los indicadores exigidos.

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El título incluirá la modalidad

El título oficial de grado o de máster logrado por el alumno deberá especificar si se trata de estudios presenciales, a distancia, o semipresenciales (híbrido).

Los centros de Altos Estudios

Existirá la posibilidad de constituir centros docentes que se asocien a una universidad con la denominación de Centro de Altos Estudios (concesión al PNV).

Los sellos de calidad

En el desarrollo del proceso de evaluación de las propuestas de creación de nuevas universidades y de reconocimiento de las universidades ya existentes, las agencias de calidad de las autonomías podrán incorporar sellos de calidad (otra concesión al PNV).

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