Las comunidades comienzan a solicitar la zona catastrófica que el Gobierno aprobará el martes
Asturias y Castilla y León han anunciado este miércoles que pedirán la declaración, que se unen a Madrid, aunque el Ejecutivo central aplicará la medida a las áreas afectadas por los incendios
C. P. S.
Miércoles, 20 de agosto 2025, 13:35
Las comunidades autónomas afectadas por los incendios forestales de agosto han iniciado los trámites para solicitar la declaración de zona catastrófica, un paso imprescindible ... para que los afectados puedan acceder a ayudas extraordinarias. Aunque el Gobierno, a través del Consejo de Ministros, tiene previsto aprobar esta medida el próximo martes, 26 de agosto, según anunció el jefe del Ejecutivo ayer, los presidentes regionales buscan garantizar que sus territorios queden formalmente incluidos y, así, acelerar la activación de las ayudas.
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Entre las comunidades que ya han solicitado o están a punto de hacerlo se encuentran Extremadura, Castilla y León y Asturias, mientras que Galicia también se encuentra en situación crítica y se espera que presente su petición en los próximos días. Se unen, así, al anuncio que realizó la semana pasada la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, respecto a la superficie afectada por el incendio en el municipio de Tres Cantos.
Otras regiones que, con toda probabilidad, se sumarán a estas solicitudes son Andalucía, que sufrió un grave incendio en Tarifa, y la Comunidad Valenciana, que todavía está luchando contra unos fuegos que se encuentran «controlados», pero no extinguidos.
Qué implica la zona catastrófica
La declaración como zona catastrófica implica una mayor agilidad a la hora de acceder a ayudas directas, pero también la opción de poner en marcha medidas fiscales como la exención del IBI para viviendas, explotaciones y negocios dañados o la puesta en marcha de moratorias en el pago de cotizaciones para autónomos y empresas.
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Entre las medidas que pueden aplicarse tras la declaración se encuentran ayudas económicas directas a particulares por daños en su vivienda habitual; a los ayuntamientos para gastos en actuaciones de carácter urgente; y a empresas, explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras afectadas como subvenciones para infraestructuras municipales y carreteras o préstamos preferenciales del ICO. También pueden aprobarse soluciones fiscales como la exención del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para viviendas, explotaciones y negocios dañados o la reducción del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para empresas y negocios afectados, así como la exención de tasas de tráfico, las devoluciones fiscales en caso de haber pagado impuestos, ayudas personales exentas de IRPF o la opción de reducir índices de rendimiento neto en explotaciones agrarias.
Al mismo tiempo, pueden decretarse medidas laborales o de seguridad social como ERTEs por fuerza mayor con exoneración de cuotas a la seguridad social, indemnizaciones abonadas por el Fogasa en caso de despidos,a opción de cobrar prestaciones por desempleo incluso sin cotización suficiente o moratorias en el pago de cotizaciones para autónomos y para empresas.
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