El Supremo otorga a la viuda la pensión completa de su marido tras fallecer su primera mujer
Los magistrados reconocen el derecho de la viuda superviviente a cobrar íntegramente la cuantía que antes repartía
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que marca un antes y un después en el cobro de las pensión de viudedad a medias con ... otras exparejas de su familiar fallecido. A partir de ahora, en caso de que uno de las beneficiarios fallezca, la viuda superviviente podrá cobrar toda la pensión. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de una mujer a la que le fue denegada su derecho a cobrar toda la pensión y no solo la mitad que le había sido asignada.
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Para los jueces, el beneficiario superviviente «recupera en toda su amplitud el derecho originario e íntegro de la cuantía de la pensión y su derecho al cobro de la totalidad de la pensión de viudedad correspondiente», recoge la sentencia.
La administración rechazó las alegaciones de la mujer y el Tribunal Superior de Madrid confirmó que seguiría cobrando la mitad de la pensión que le correspondía aunque la otra beneficiaria hubiera fallecido. Según los jueces de esta instancia, no existía una previsión legal concreta para aumentar este dinero como sí ocurre con pensiones extraordinarias, por ejemplo las que se pagan a víctimas o afectados por actos terroristas.
La sentencia reconoce que la Ley de Clases Pasivas no tiene artículos para decidir qué hacer en este tipo de situaciones, pero añade que es necesario interpretarlo «en un sentido integrador que permita cubrir la laguna normativa» fijándose en la Constitución y también en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Que, entre otras cosas, «garantizan el derecho de las personas mayores a una vida digna e independiente». En el caso de esta mujer, la pensión de viudedad que cobraba pasa a casi duplicarse tras el fallecimiento de la otra beneficiaria.
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