Absuelven a dos guardias civiles acusados de narcotráfico al anular las escuchas
La Audiencia considera que las intervenciones telefónicas se autorizaron sin indicios, sólo meras sospechas y conjeturas
A. RALLO
Jueves, 24 de julio 2014, 00:11
Carlos Augusto Palomo y Rafael Segura, dos guardias civiles de Tavernes Blanques acusados de pertenecer a una banda de narcotraficantes, han sido absueltos. La Audiencia de Valencia ha anulado las intervenciones telefónicas porque fueron acordadas bajo el amparo de meras sospechas y conjeturas; sin ningún indicio que apuntara a su participación en los hechos. Esta nulidad afecta en cascada al resto de pruebas obtenidas a partir de esas intervenciones como, por ejemplo, los registros y las declaraciones de los imputados mientras la causa estaba bajo secreto.
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Los dos guardias, defendidos por el letrado Juan Carlos Navarro, se enfrentaban a penas de entre 18 y 20 años de prisión. Los acusados permanecieron tres años y medio en la cárcel por estos hechos. Otras siete personas han resultado también absueltas.
Seis procesados, en cambio, han sido condenados a penas que oscilan entre los dos y los nueve años de prisión. Esta última condena se le ha impuesto al cabecilla de la red de narcotraficantes quien, a su vez, ejercía como confidente policial. Estas penas se sustentan en declaraciones de los imputados cuyo contenido no deriva directamente de los pinchazos telefónicos ahora anulados y, por tanto, se admiten como prueba.
Las escuchas se iniciaron tras un alijo de 150 kilos de cocaína en el verano de 2006 en el Puerto de Valencia. La actitud de los dos guardias en este hallazgo motivó que Asuntos Internos solicitara las intervenciones de los teléfonos de los dos sospechosos. Los pinchazos desencadenaron años más tarde, en octubre de 2008, la incautación de otros 60 kilos de droga.
La sentencia considera que la petición de las escuchas se realizó con el único soporte de las conjeturas. La sección tercera de la Audiencia detalla que no queda clara la actitud de los dos agentes en el recinto. Los testigos ofrecieron versiones contradictorias. Es más, ni siquiera existe certeza acerca de que los citados agentes estuvieran ese día en el puerto, según el fallo. La policía hizo una deducción que la Sala ahora cuestiona con dureza. La insistencia de los dos guardias en que fuera un agente de la unidad antidroga el primero en observar el contenedor con la mercancía «no guarda ninguna relación casual con la sospecha de que ellos estuvieran implicados».
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El tribunal desgrana otras lagunas de la investigación. Se habla de contactos que mantienen los agentes con un grupo de colombianos. «Nada más se dice al respecto. Ni consta ninguna investigación. Esto no deja de ser una sospecha, una intuición o una mera conjetura».
¿Elevado nivel de vida?
Idénticos términos emplea el tribunal cuando hace referencia al elevado nivel de vida de los acusados. «Esto requiere de una mayor investigación». Menciona la Guardia Civil un robo a unos narcos por parte de unas personas que se hicieron pasar por guardias civiles. Tampoco, en este caso, añaden más detalles. «No se pueden iniciar unas escuchas apoyándose en unas simples sospechas o ideas difusas», subraya.
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El tribunal reprocha que no se hiciera una investigación para lograr el tránsito de «las sospechas a los indicios». Al no efectuarse esto se produjo «una excesiva e insoportable intromisión en la esfera de la intimidad de cualquier persona».
De igual al modo, el auto que autorizó los pinchazos tampoco se ajustó a los parámetros recomendados. Se limitó a ser «un acto de fe acrítico con respecto a todo lo que se le comunicó», según la resolución.
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El juicio por la conocida operación gorrión ha sido una de las macrocausas que se han juzgado este año en la Audiencia Provincial. El proceso arrancó en mayo y se han celebrado más de una veintena de sesiones.
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