El Consejo Rector acuerda recurrir la sentencia que anula el nombramiento de Empar Marco
El presidente Soriano, no obstante, se opone a la medida porque sostiene que la designación de Alfred Costa no está afectada
a. g. r.
Martes, 29 de septiembre 2020, 13:55
El Consejo Rector ha acordado en su reunión de hoy recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que anuló el nombramiento de Empar Marco como directora general de À Punt. No ha habido unanimidad en esta decisión. El propio presidente, Enrique Soriano, ha votado en contra de tratar de revocar la sentencia. Soriano ha explicado a los presentes que, en ningún caso, el contenido de aquella sentencia pone en riesgo el nombramiento de Alfred Costa del pasado mes de marzo. Tal y como explicó este períódico el pasado fin de semana, ya no hay plazo para impugnar el nombramiento en la vía contenciosa. Tras este argumento, el vocal del PP, Vicente Cutanda, también se opuso a la iniciativa. Ahora, no obstante, será la Abogacía de la Generalitat la que deba dar su criterio técnico acerca de las posibilidades reales de cambiar la decisión del TSJ. Ellos tienen la última palabra.
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El fallo del TSJ lamentaba las deficiencias encontradas a la hora de argumentar las valoraciones que se dieron a cada uno de los aspirantes en el proceso de selección. La Sala subrayó que no resultaba suficiente el conocimiento de la puntuación de cada uno de los examinadores porque la jurisprudencia ha avanzado en este sentido. Así, manifiestan que en todo el proceso no se ofrecieron razones o justificaciones a las puntuaciones otorgadas. Ni siquiera cuando el periodista Pere Valenciano, el aspirante que impugnó el concurso, acudió a la Justicia. En resumen, la sentencia concluyó que cualquier afectado por determinada calificación tiene derecho a que le sea comunicada «la motivación de la misma y de la puntuación que hayan sido aplicadas por órgano calificador, pues faltando tal motivación que incluya los anteriores requisitos, no cabe discernir si el juicio técnico se movió dentro de los márgenes de apreciación que resultan tolerables en muchas ramas del saber especializado o si pueden resultar no asumibles por carecer de justificación técnica».
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