El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortíz. EP

Las claves del procesamiento de García Ortiz

El Supremo cree que el fiscal general estuvo detrás de de la filtración de un correo a la prensa para «ganar el relato» frente a la versión del entorno de Díaz Ayuso

Martes, 29 de julio 2025

Álvaro García Ortiz no se salvará finalmentes de convertirse en el primer fiscal general del Estado de la historia democrática de España en sentarse en el banquillo de los acusados ... . El Tribunal Supremo ha confirmado este martes el procesamiento del fiscal general del Estado por revelación de secretos. La Sala de Apelación del alto tribunal ha desestimado los recursos de apelación que habían interpuesto la Fiscalía y la defensa al considerar que los indicios recabados durante la instrucción son suficientes para que se pueda formular acusación por los hechos investigados.

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  1. ¿Por qué han procesado al fiscal general del Estado?

El fiscal general del Estado está acusado de haber participado supuestamente en la filtración de datos confidenciales del procedimiento abierto contra la pareja de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por un doble delito fiscal. La Sala de Apelación del Supremo considera que hay pruebas suficientes para defender en una vista oral que García Ortiz maniobró el 13 de marzo de 2024 para hacerse con el mail que Carlos Neira, letrado de González Amador, había enviado el febrero anterior al fiscal del caso, Julián Salto, y en el que el abogado reconocía que «ciertamente» su cliente había cometido dos delitos fiscales en el impuesto de sociedades en los ejercicios fiscales de 2020 y 2021 por importe de 350.951. Y que García Ortiz estuvo detrás de de la filtración de ese correo a la prensa para «ganar el relato» frente a la versión del entorno de Díaz Ayuso, que en aquellos días sostenía ante los medios que había sido el Ministerio Público el que buscaba un acuerdo con González Amador.

Sin embargo, la sala ahora incide en que la argumentación tanto de la Fiscalía como de la defensa del imputado de que García Ortiz solo hizo uso legítimo derecho de la Fiscalía General de salir al paso de informaciones que consideraba «inveraces ( que el pacto surgió del Ministerio Público) es una cuestión es »irrelevante« porque »para realizar la réplica informativa no era preciso revelar información reservada«. »Las noticias que circularon y que sirvieron de contexto previo para la reacción de la Fiscalía no justifican la comisión de un delito. En otras palabras, no se puede revelar un dato confidencial para rebatir un hecho que se considera incierto«, zanjan los magistrados.

  1. La investigación

La investigación comenzó a raíz de la causa abierta por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por la nota de prensa que la Fiscalía emitió a las 10:20 del 14 de marzo de 2024 para desmentir lo que consideraba un bulo, en alusión a lo publicado la noche anterior, a las 21:29, por 'El Mundo', donde se decía que se había ofrecido un pacto a González Amador -en vez de al revés-, en el marco del caso que ha acabado con él procesado también por delitos fiscales.

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Cuando el caso saltó al TS, encausó al fiscal general por un delito de revelación de secretos pero descartó la entidad delictiva de dicha nota de prensa. Pese a ello, Hurtado ha indagado en ese comunicado y en otras dos filtraciones: la de la existencia de una investigación fiscal contra González Amador y la del 'email' que su defensa envió el 2 de febrero de 2024 a la Fiscalía ofreciéndose a reconocer los delitos a cambio de llegar a un acuerdo de conformidad.

Hurtado, en su auto de procesamiento, se centró en la filtración de ese 'email'. Para el magistrado, cabe presumir que García Ortiz se lo facilitó a la Cadena SER la noche del 13 de marzo «para que le diera publicidad», «lo que así ocurrió mediante un avance a las 23:25 horas en el programa Hora 25 de dicha emisora, que no fue sino un adelanto de su publicación a las 23:51 horas en la web de dicho medio, bajo el titular: 'El novio de Ayuso ofreció a la Fiscalía llegar a un pacto'».

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  1. No procesan a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez

El Supremo, al mismo tiempo, enmienda la decisión de Hurtado de enjuiciar también a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, quien finalmente, y en el último trámite, logra esquivar la vista oral. Pero la exoneración de Rodríguez no es la única rectificación al instructor. La sala corrige también al juez, quien aseguró que García Ortiz filtró el correo del letrado del empresario Alberto González Amador (pareja de la presidenta) «a raíz de indicaciones recibidas de Presidencia del Gobierno». «Ciertamente esa afirmación fáctica no ha sido acreditada con suficiencia por lo que su inclusión en el relato fáctico era prescindible», señalan los magistrados. Sea como fuere, los magistrados consideran que este dato «carece de relevancia alguna» para el proceso porque el instructor Ángel Hurtado no ha procesado a ningún miembro del Ejecutivo.

  1. Un tribunal dividido

El Supremo ha tomado la decisión de forma dividida. El magistrado Andrés Palomo emitió un voto particular en contra de la opinión de sus dos compañeros - Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres- de llevar a juicio al Álvaro García Ortiz.

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En cambio, han estimado por unanimidad el recurso de la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, a la que revoca el procesamiento. Además, archivan la causa para ella, por lo que queda exonerada.

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