El complemento a la pensión por hijo dejará de ser para todas las madres (o padres)

El Gobierno impondrá condiciones para recibir este plus tras la sentencia de Europa y solo lo podrán cobrar aquellas mujeres (u hombres) cuya carrera profesional se haya visto perjudicada

Martes, 14 de octubre 2025, 12:20

Nueva vuelta de tuerca al complemento para la reducción de la brecha de género. El Gobierno mueve ficha cinco meses después de la sentencia de Europa ... –que lo tachó en mayo por segunda vez de discriminatorio– y pretende endurecer los requisitos para acceder a este plus cuyo objetivo último era elevar la pensión de las madres, que ganan de media prácticamente 500 euros menos que los hombres.

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De esta forma, esta ayuda de 35,90 euros al mes por cada hijo (que puede suponer un extra de más de 2.000 euros al año) dejará de concederse se de forma indiscriminada a todas las madres (o en su defecto padres) que se jubilen y se restringirá a aquellas mujeres (u hombres) cuya carrera laboral se haya visto perjudicada tras el nacimiento o adopción de un vástago, con lo cual puede suponer a partir de su entrada en vigor un importante recorte de beneficiarios. Así se desprende del borrador de Real Decreto ley con el que el Ministerio de Seguridad Social pretende rediseñar este complemento para adaptarlo a Europa y al que ha tenido acceso de forma exclusiva este periódico.

Los cambios que propone el departamento de Elma Saiz impondrán una serie de condicionantes para poder percibir este plus que ya tienen más de 1,1 millones de mujeres (ellas aún siguen siendo mayoría: el 85% del total). Más concretamente, el texto fija ahora que «las personas beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación o de incapacidad permanente tendrán derecho, previa solicitud, y en los términos recogidos en este artículo, a un complemento económico por cada hijo o hija, siempre y cuando hubieran visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción».

Para ello, no obstante, tienen que cumplir alguna de las siguientes condiciones: tener más de noventa días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los seis años posteriores a dicha fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los seis años siguientes; que la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 10%, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores; ausencia de cotizaciones o menos de 180 días cotizados antes del nacimiento o adopción.

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Es decir, hasta ahora las madres que se jubilaban recibían este complemento de oficio y ahora tendrán que reclamarlo. Además, se les concedía de forma universal sin imponerles ninguna condición, salvo que el padre también lo reclamara y, entonces, tenían que analizar a cuál de los dos se le daba, puesto que solo uno de los dos progenitores podía recibirlo; en cambio, si esta norma sale adelante, solo las mujeres que no trabajen, las que hayan abandonado su empleo tras ser madres, aquellas que se hayan reducido la jornada para cuidar de sus hijos o aquellas que hayan cambiado a un empleo peor remunerado podrán ser perceptoras de esta ayuda que se suma a su pensión.

Solo podrán recibir esta ayuda las madres que no trabajaran, las que se hayan recortado la jornada o precarizado su empleo

Dos diseños incorrectos

El Gobierno alega que se ha visto atado de manos por la sentencia europea y, por tanto, «tenía inevitablemente que cambiar esta regulación». Así, defiende que ha propuesto en la mesa del diálogo social basarse en unos «criterios neutros» para que, «respetando el derecho de la UE, siga sirviendo de manera efectiva a la reducción de la brecha de género en las pensiones», según explicaron a este periódico fuentes del Ministerio de Seguridad Social. En este sentido, recalcan que desde 2021 la brecha de género se ha recortado en las nuevas altas de jubilación del 21,05% al 18,47%.

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Seguridad Social alega que se basa en unos «criterios neutros» para respetar así el derecho de la UE

El primer fallo data de finales de 2019, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que este plus era ilegal por discriminar a los hombres de forma flagrante, ya que por aquel entonces ellos ni siquiera podían optar a recibirlo. A raíz de esto, el Gobierno, de la mano del exministro José Luis Escrivá, cambió el diseño en 2022 y abrió la puerta en 2022 a que lo reciban los varones, pero poniéndoles trabas, de forma que hasta el pasado mes de mayo el complemento lo cobraban de forma totalmente mayoritaria las mujeres, que eran el 90% de las perceptoras, frente al 10% de hombres, puesto que con la reforma se estableció que solo uno de los dos padres puede cobrarlo, nunca ambos. Y esta serie de impedimentos para que llegue a los hombres es lo que de nuevo Europa volvió a tildar de discriminatorio el pasado mayo y por lo que el Ejecutivo se ve obligado a cambiarlo en claro perjuicio de las mujeres.

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