El Consell Jurídic Consultiu ha dictaminado esta indemnización. LP

La Generalitat deberá indemnizar a una alumna que se cayó por el hueco de un montacargas de su instituto

La joven sufrió graves daños y necesitó un año y medio de recuperación, tras haberle encargado que transportara un carro con vasijas de barro

José Molins

Valencia

Martes, 22 de julio 2025, 00:12

El golpe fue tremendo. Tanto que la estudiante herida tuvo que pasar dos días en la UCI y un año y medio hasta que se ... recuperó totalmente de las lesiones. Es lo que le ocurrió a una alumna de un instituto público valenciano tras caer por el hueco del montacargas, donde el personal del centro educativo le había pedido que fuera para transportar un carro con vasijas de barro. Por ello la Generalitat deberá indemnizar a la joven, según ha dictaminado el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat.

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La víctima sufrió politraumatismos, diversas fracturas, contusiones y necesitó pasar cuatro veces por el quirófano en su proceso de recuperación, ya que la caída le afectó gravemente al codo derecho, la columna lumbar, el hombro y el brazo. No obstante, el dictamen explica que fue la alumna la que cometió la imprudencia, al entrar de espaldas y sin mirar al montacargas, y por eso sólo insta a la Administración a pagar el 60% de los más de 82.000 euros que pedía la joven. Estima parcialmente su demanda porque considera que la función de abrir ese ascensor no la pueden realizar los estudiantes, por lo que el instituto toleró prácticas contrarias a lo que debería ser el proceder habitual.

El accidente se produjo en julio de 2020, hace ahora cinco años. La alumna había recibido el encargo de un empleado del centro de transportar ese carro de un piso a otro. Para ello necesitaba la llave triangular que guarda el conserje, y que según el informe, sólo puede ser utilizada por la empresa de mantenimiento o el personal autorizado. Pero la víctima abrió la puerta del montacargas, y al ver la luz verde encendida, sin comprobar si estaba allí el elevador, entró de espaldas, ella primero, para que no se dañaran las piezas del carro. Pero no había suelo de la plataforma. Cayó al vacío por el foso.

Tuvo fracturas costales con desplazamiento, neumotórax, se rompió la pelvis y el húmero, así como una vértebra. Hasta febrero de 2022 no logró recibir el alta tras una larga recuperación. Además de los dos días en la UCI, estuvo grave en el hospital dos meses y otros tres más en estado moderado. En total fueron 550 días de recuperación.

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En ese tiempo, le operaron de una osteosíntesis en el húmero, pasó de nuevo por el quirófano para que le retirasen los tornillos y cuatro meses más tarde necesitó una artrolisis abierta, que dejó unos restos que ocho meses después le tuvieron que extraer con otra intervención artroscópica. Un calvario para esta joven estudiante, por transportar esas vasijas de barro.

En los diversos informes e investigaciones en los que se base este Consell para llevar a cabo su dictamen se considera que la directora del instituto no cometió ningún delito y califica su imprudencia como leve. Además, el montacargas, que era de 1986, no había tenido ninguna incidencia en todos esos años y la empresa de mantenimiento ratificó que estaba en buen estado de funcionamiento, por lo que tampoco se le atribuyen culpas.

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Lo que se destaca es que fue la víctima la que cometió esa imprudencia al entrar de espaldas al elevador, sin ver si estaba en su sitio y era seguro, ya que no hay luz en el interior del habitáculo. Por este motivo el Consell Jurídic desestima la reclamación pero sí insta a indemnizar a la estudiante por las lesiones, que son a consecuencia del funcionamiento normal de un servicio público, como es este montacargas, según establece la Ley 40/2015.

Pero, aunque la culpa fuera de la víctima, el Consell Jurídic establece un hecho claro. La manipulación del montacargas no puede ser llevada a cabo en ningún caso por los estudiantes, lo que deriva en una concurrencia de culpas para determinar la responsabilidad patrimonial. El dictamen señala al instituto por tolerar que sean los alumnos quienes hagan esas funciones de forma habitual, y por determina que la Conselleria de Educación pague el 60% del importe de la indemnización, ya que el 40% restante lo asume la víctima.

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