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P. MORENO
VALENCIA.
Miércoles, 12 de junio 2019, 01:21
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El pasado 14 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat la decisión del Consell de transferir al Ayuntamiento la competencia para tramitar y cobrar las sanciones graves y muy graves incluidas en la Ley de Espectáculos. Quince días después de aquello, la Policía Local ya había interpuesto unas 40 propuestas de sanción.
De esta cantidad, una decena de expedientes ya están en tramitación, explicó ayer el concejal de Control Administrativo, Carlos Galiana. La casuística es muy variada, aunque predominan las relativas al ruido, la falta de permisos o la reiteración de sanciones leves.
De esta manera se pretende desatascar uno de los embudos que había denunciado el Consistorio los últimos años, como es la concentración en la Generalitat de numerosas sanciones que prescriben por tramitarse fuera de plazo. Hoy mismo, el pleno aprobará el nombramiento de dos técnicos para la comisión de seguimiento de expedientes.
Galiana explicó que de esta manera no tienen que esperarse a julio, dado que este mes ya no habrá más plenos, salvo la constitución del Ayuntamiento el próximo sábado. La voluntad del Ayuntamiento es incluso hacerse cargo de asuntos viejos para que no prescriban.
Las sanciones graves y muy graves se dividen en numerosos tipos. Las segundas pueden llegar a 600.000 euros de manera acumulativa y el cierre del establecimiento afectado, aunque lo normal es no llegar a ese extremo. La Ley de Espectáculos habla de cuestiones graves como la celebración de eventos sin permiso, realizar modificaciones sustanciales en los establecimientos, el exceso de aforo o la venta de tabaco a menores de 18 años.
Para estos casos, la legislación habla de multas que van desde 601 a 30.000 euros, aunque pueden llegar a 300.000 euros de manera acumulativa y la clausura del local durante seis meses. El problema es que el expediente prescribe en dos años, por lo que hasta ahora era frecuente que los infractores se salvaran por esa vía. La Administración debe marchar las leves en seis meses, mientras que las muy graves tienen un plazo que se amplía a tres años.
Esto se matiza al indicar la normativa que «el plazo de prescripción comenzará a contarse desde el día de la comisión del hecho», aunque «interrumpirá la prescripción, la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, reanudándose el plazo si dicho procedimiento estuviera paralizado durante más de un mes».
En los últimos años, las asociaciones de vecinos de las zonas de ocio han criticado la falta de efectividad de las sanciones impuestas por el Consistorio. El motivo era precisamente la prescripción de los expedientes, de tal manera que muchos empresarios optaban por repetir la infracción. Entre las más graves se encuentra la realización de un espectáculo sin las debidas medidas de seguridad, el incumplimiento de las medidas de evacuación o negar el acceso al recinto a los agentes de la autoridad.
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