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Los acusados de la red de narcos que introducía cocaína por el puerto de Valencia. Uno de los cabecillas, Fernando M. S., levanta la mano. I. Cabanes

El sistema de encriptado Sky, la clave en el juicio a la red de narcos del Puerto

El fiscal solicita 16 años de prisión para Fernando M. S., 13,5 años para Onofre G. R. y once años y tres meses para dos de los principales arrestados en la operación Spider

Ignacio Cabanes

Valencia

Martes, 4 de noviembre 2025, 00:59

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Las comunicaciones mediante mensajería encriptada entre Darwin, Brutus, Toreto y compañía, o lo que es lo mismo Fernando M. S., Onofre G. R. y Borja M. R., tres de los presuntos narcos que durante años han controlado presuntamente la entrada de grandes cargamentos de cocaína a través del Puerto de Valencia, serán la clave en el juicio que ha comenzado este lunes en la Audiencia Provincial de Valencia por el alijo de 1.650 kilos incautados en agosto de 2020. El sistema de mensajería encriptada Sky ECC que utilizaban los miembros de esta organización criminal, en la que figuran dos de los cabecillas del llamado Cártel del Puerto detenidos el pasado mes de septiembre en la operación Spider, es la prueba sobre la que pivotan las acusaciones contra esta red de narcotráfico y a la que se aferran precisamente las defensas de los catorce acusados sentados en el banquillo –había inicialmente 16 pero uno ha fallecido y otro está en rebeldía– para lograr que sus representados queden impunes.

Los letrados, entre los que se encuentra lo más granado de los penalistas valencianos, esgrimen vulneración de derechos fundamentales en la forma en la que se habría tenido acceso a dichas comunicaciones después de que un equipo de investigación conjunto de las policías francesa, holandesa y belga lograran en 2021 desencriptar este sistema de mensajería, con 170.000 usuarios (no todos ellos delincuentes) y el funcionamiento de sus dos servidores. Además cuestionan la cadena de custodia de las citadas pruebas, que consideran nulas al no tener constancia del origen y autenticidad de las evidencias digitales. A ello se suma la práctica fuera de plazo de varias diligencias, entre ellas la toma de declaración de los investigados.

Pero el fiscal Antidroga de Valencia, Ismael Teruel, no tiene dudas sobre la legalidad de la obtención de la prueba y puso un ejemplo muy gráfico de las miles de conversaciones e intercambio de imágenes entre los acusados –utilizando sus nicks y códigos alfanuméricos de usuario– que acreditan las actividades ilícitas encaminadas a la introducción y rescate de grandes cantidades de cocaína a través del Puerto de Valencia. «No hacía falta echar la red, los peces saltaban a la barca», apunta sobre la infinidad de datos personales que prueban su identidad y la confianza con la que se comunicaban los narcos, con flujo de instrucciones e información entre ellos, amparados en la seguridad que les daba este sistema encriptado de mensajería de telefonía móvil.

Por ello la Fiscalía solicita penas que van desde los siete años de prisión a los 16 años a los que se enfrenta Fernando M. S., uno de los dos presuntos cabecillas de la organización criminal junto a Onofre G. R., propietario de un gimnasio de Quart de Poblet detenido en varias ocasiones por tráfico de drogas y blanqueo de capitales, para el que el fiscal pide trece años y medio de cárcel, al considerar acreditado que ambos «asumían el mando y dirección de este entramado criminal».

Así operaba la trama

El primero, Fernando M. S. se encuentra cumpliendo una condena de 17 años de prisión por tráfico de drogas, obstrucción a la justicia, tenencia ilícita de armas y blanqueo de capitales, impuesta en 2017 por la misma sección de la Audiencia Provincial de Valencia que ahora lo enjuicia. El narco valenciano, al que el resto de acusados parecía guardar pleitesía en los recesos durante la vista oral, fue arrestado en la llamada operación Gorrión, donde también fueron detenidos dos guardias civiles.

Junto a él otros dos acusados también fueron trasladados desde el centro penitenciario a la sala de vistas. Se trata de Iván T. R. y Borja M. R., trabajadores del puerto y dos de los presuntos cabecillas de la trama portuaria desmantelada en la operación Spider, la mayor intervención policial contra la mafia del narcotráfico en Valencia que se saldó con 81 detenidos, 70 de ellos a mediados de septiembre y otros once en diciembre de 2024 –entre ellos el capitán de la Guardia Civil Jesús Fernández Bolaño–.

Las defensas consideran nula la obtención de los mensajes desencriptados por vulneración de derechos fundamentales

En el juicio que se celebra esta semana contra los catorce acusados, directamente relacionado con el entramado portuario, se juzga la importación y rescate de un cargamento de 1.650 kilos de cocaína oculta en dos contenedores que llegaron al puerto de Valencia el 22 de agosto de 2020 en el buque Oackland Express mediante el método de gancho perdido, sin que el destinatario de la mercancía legal tuviera conocimiento de la droga que portaba, para una vez en la terminal los rescatadores procedieran a su extracción.

De las investigaciones del EDOA de la Guardia Civil y de las citadas comunicaciones desencriptadas se desprende que Fernando M. S. contactó con los suministradores de origen colombianos y negoció el precio tanto por el servicio de rescate como por la cantidad de cocaína que adquiría su organización.

El 8 de agosto, ya negociados tales extremos, el cabecilla le comunica a Borja M. –portuario detenido en Spider– que la droga ya está en camino para que éste ponga toda la logística necesaria para la extracción de la cocaína una vez llegue al puerto y su posterior traslado a un lugar seguro, facilitándole los números de contenedor y los precintos de los mismos.

Dos de los cabecillas del cártel del Puerto están acusados de la introducción de 1.650 kilos de coca en agosto de 2020

Según el escrito de acusación, junto a Borja los encargados de garantizar que la extracción de la droga fuera efectiva, con disposición de camiones y conductores, búsqueda de rescatadores para acceder a los contenedores y de contar con personas en el interior del puerto para hacer labor de vigilancia y evitar la presencia policial, eran el también encarcelado en la 'operación Spider' Iván T. y Jokin L.

De igual modo, otros dos procesados facilitaron los números de los contenedores donde estaba la droga y entregaron a Onofre G. los precintos falsos para que, una vez extraída la cocaína, los rescatadores de la droga los colocaran de nuevo para no levantar sospechas. Asimismo, contaron con cuatro camioneros también imputados, uno de los cuales falleció en abril de 2023, extinguiéndose en su caso toda responsabilidad criminal.

Los abogados de la defensa exponen las cuestiones previas al comienzo del juicio. I. Cabanes

Una de las argumentaciones esgrimidas por los letrados de la defensa en cuestiones prejudiciales es que en ningún momento se ha tenido acceso a las evidencias digitales originales, que deberían contar con un sellado o firma electrónica para autentificar el origen de las comunicaciones grabadas. Por lo que han impugnado todo el material probatorio y presentarán pruebas periciales en las que los técnicos explicarán estas cuestiones que ponen en duda ya no solo la cadena de custodia sino la procedencia de las comunicaciones. Además, argumentan que las comunicaciones eran bidireccionales y en muchos casos solo se tiene identificado a uno de los interlocutores.

Diferencias con EncroChat

Los letrados de la defensa han insistido en dejar bien claro que el sistema de Sky ECC y Encrochat no son iguales -ambas plataformas de comunicación cifrada utilizadas por el mundo criminal-, para que la Sala no tenga en cuenta la sentencia del Tribunal Supremo que el pasado mes de octubre dio validez y valor probatorio a las conversaciones que las autoridades judiciales francesas obtuvieron de la plataforma EncroChat, llegadas a España a través de la OEI (Orden Europea de Investigación) que formuló la Fiscalía Antidroga, confirmando así las penas de entre 5 y 14 años de prisión impuestas por la Audiencia Nacional a otra red de tráfico de drogas.

Uno de los abogados ha remarcado que la sentencia del TS solo valora ese caso concreto, y recuerda que en dicho proceso no se impugnaron bien las pruebas, ni se pidió una pericial contradictoria, como así han hecho en el juicio contra la red del Puerto de Valencia. Y consideran una intromisión masiva en las comunicaciones de sus patrocinados al desconocer cómo se obtuvieron los datos y el criterio de selección a la hora de desencriptar los mensajes.

Otra de las cuestiones abordadas en este primer día de juicio es el principio de territorialidad. Las defensas recuerdan a la Sala que debe existir un filtro previo que garantice que las pruebas que llegan de otro país cumplen con la legislación española. Las autoridades francesas debían de haber notificado la interceptación de las comunicaciones a las autoridades judiciales del país en el que se encuentra la persona en cuestión, en este caso España. Y las defensas argumentan que el sistema contaba con geolocalización en tiempo real de donde se conectaba el terminal aunque en el momento de desencriptarse Sky no era exactamente así, como ha recordado la Fiscalía.

Uno de los letrados incluso ha planteado que se habría podido cometer una estafa procesal por parte de las autoridades holandesas, que realmente fueron las que desencriptaron los mensajes, pero que enviaron los paquetes de comunicaciones de los 170.000 usuarios de Sky ECC a Francia porque era el único país que permitía dicha intromisión. «Bélgica y Holanda consiguieron en Francia lo que no podían lograr con los ordenamientos jurídicos de sus países», ha señalado el letrado de Onofre G. R.

Por su parte, el fiscal, conciso y directo, ha puntualizado que en ningún caso se trata de intervenciones de las comunicaciones, sino que los mensajes y fotografías (en alguna de ellas se ve claramente los fardos de droga en el garaje de uno de los presuntos cabecillas) son pruebas documentales, y por lo tanto no se han vulnerado en ningún momento derechos fundamentales. Y recuerda que estas pruebas se obtuvieron fruto del intercambio de información entre las distintas policías europeas que recoge la ley. En cuanto a la prescripción de los plazos de instrucción considera que los tribunales deben interpretar las leyes y que la literalidad de lo redactado no puede llevar a conclusiones absurdas en las que, como se pretende, como al comienzo de la investigación no se dirigía el proceso contra ninguno de ellos, una vez pasado el plazo donde no hay nadie investigado ya no se puede investigar a los presuntos autores aunque surjan pruebas tan demoledoras como los mensajes entre Brutus, Darwin y compañía, confiados en que jamás nadie tendría acceso a sus comunicaciones.

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