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Ubicación de Jesús Pobre, pedanía de Dénia.
Dos años de cárcel por agredir sexualmente a su pareja en Dénia

Dos años de cárcel por agredir sexualmente a su pareja en Dénia

El agresor sexual quitó los pantalones a la víctima, que tuvo que huir a una cuadra en Jesús Pobre

EFE

Alicante

Jueves, 1 de enero 1970

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Un tribunal ha condenado a dos años de cárcel y cinco de libertad vigilada a un hombre por agredir sexualmente a la que entonces era su pareja en una finca rural de Jesús Pobre, una pedanía de la ciudad alicantina de Dénia.

Según la sentencia, a la que ha tenido hoy acceso Efe, los hechos ocurrieron el 14 de mayo de 2017, cuando el acusado, José Antonio C. M., trató de mantener relaciones sexuales con su compañera sentimental, pese a la oposición de ésta.

En concreto, la agarró y la lanzó con fuerza sobre un sofá mientras le quitaba los pantalones, aunque la víctima se resistió a ello y entabló un forcejeo con él.

La mujer logró zafarse de su agresor y huyó en ropa interior hacia una de las cuadras de la finca donde residía.

El hombre la persiguió, le dio alcance y volvió a intentar forzarla, tocándole los genitales mientras la conminaba a «levantar la pata», tal y como recoge el fallo, aunque acabó marchándose del lugar al no conseguir su propósito.

El juicio por estos hechos se celebró hace unos días en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante, especializada en casos de violencia machista, y se saldó con un acuerdo entre el fiscal y el abogado defensor.

El acusado se declaró culpable de un delito de agresión sexual con la agravante de parentesco y la atenuante de reparación del daño, tras pagar 7.000 euros de indemnización a la víctima, que renunció por ello a seguir con el ejercicio de la acusación particular.

Los magistrados dictaron al final de la propia vista oral una sentencia que declararon firme en ese momento.

El sospechoso no deberá ingresar en prisión después de que el tribunal haya accedido a suspender la ejecución de la pena durante tres años, a condición de que no vuelva a delinquir en ese plazo.

Por otro lado, no podrá acercarse ni comunicarse por ningún medio con la víctima en los próximos cinco años.

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