La Seguridad Social reconoce la pensión a dos huérfanos tras negársela porque su madre con cáncer no estaba dada de alta en el sistema
EL INSS otorga el derecho a la prestación tras las alegaciones presentadas
Mario Lahoz
Valencia
Miércoles, 29 de octubre 2025, 01:41
El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha reconocido su derecho a una pensión de orfandad a dos hermanos guipuzcoanos a los que previamente se les había denegado debido a que su madre, enferma terminal de cáncer, no estaba dada de alta en el sistema en el momento en que falleció.
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En sendas resoluciones, el INSS denegó la solicitud de los dos hermanos el pasado julio porque la fallecida no figuraba en el sistema ni era titular de una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente cuando murió.
Según el organismo, esta situación hacía que no reuniera los requisitos necesarios para «causar una pensión de orfandad».
El padre de los menores afectados, que también ha solicitado una pensión de viudedad pendiente aún de resolución, decidió entonces presentar una reclamación, previa a la vía jurisdiccional, ante el propio INSS.
En este escrito, recalca que la denegación automática de las pensiones reclamadas en función de una «interpretación estricta» de la norma «contraviene el espíritu y la finalidad del sistema de protección social» y deja sin cobertura a dos menores huérfanos cuya madre «sí había cotizado».
Recuerda además que esta «interpretación flexible y finalista» ha sido avalada por el Tribunal Supremo en un caso análogo en el que reconoció que la persona fallecida «había acreditado una vincuación previa suficiente al sistema» y que su muerte se había producido a consecuencia de un cáncer.
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Tras recibir estas reclamaciones, el INSS ha emitido una nueva resolución en la que admite ahora las alegaciones presentadas y reconoce las prestaciones de ambos hermanos.
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