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Rollitos de jamón rellenos de la variedad de queso cuyo frabricante ha generado la demanda ante la UE. Heksenkaas
El sabor de un alimento no podrá ser protegido por derechos de autor

El sabor de un alimento no podrá ser protegido por derechos de autor

La Unión Europea resuelve así un conflicto entre dos empresas de Países Bajos que producián queso para untar a base de nata y finas hierbas

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Martes, 13 de noviembre 2018, 12:54

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Todos los fabricantes buscan cómo diferenciarse del competidor para que su producto sea el que enamore al consumidor. Bien por el color, la textura, el precio u otra peculiaridad. Toda creación está, en principio, protegida por los derechos de propiedad intelectual, y alguna, como el secreto de composición de una de los refrescos más famosos del mundo, se guarda bajo cuatro llaves en la central de la multinacional en Estados Unidos. ¿Y el sabor de esa fórmula? ¿Se puede considerar también único y particular? El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó ayer que no, que es un cosa tan particular que no se puede determinar de una manera «precisa y objetiva».

La corte alcanzó este particular fallo ante las dudas que tenía el tribunal neerlandés de Arnhem-Leuvarden. Le había llegado un litigio de quesos y no sabía cómo actuar. Un comerciante holandés creó hace once años 'Heksenkaas', un queso para untar a base de nata fresca y finas hierbas. Este avispado quesero vendió los derechos de propiedad intelectual a la compañía Levola. Siete años más tarde, en 2014, otra empresa holandesa -Smilde- comenzó a producir otro queso: 'Witte Wievenkaas'. Y sí. Era un queso para untar a base de nata fresca y finas hierbas que se distribuía a través de una cadena de supermercados del país.

A la primera empresa no le hizo mucha gracia la desleal competencia de lo que consideraba un calco de su producto. Así que lo llevo a los tribunales y adujo que el sabor era idéntico. «Levola afirma que el sabor del 'Heksenkaas' es una obra protegida por el derecho de autor y que el sabor del 'Witte Wievenkaas' es una reproducción», explicó el tribunal. Sin embargo, señala que para que un producto -en este caso un alimento- esté protegido por derechos de autor, su sabor debería ser calificado como «una obra», cosa que no sucede porque para conseguirlo es necesaria «una expresión que lo identifique con suficiente precisión y objetividad».

El Tribunal de Justicia precisa que, a diferencia, por ejemplo, de una obra literaria, pictórica, cinematográfica o musical, «la identificación del sabor de un alimento se basa esencialmente en sensaciones y experiencias gustativas, que son subjetivas y variables, ya que dependen, en particular, de factores relacionados con la persona que cata el producto en cuestión, como su edad, sus preferencias alimentarias y sus hábitos de consumo, así como del entorno o del contexto en que tiene lugar la degustación del producto».

Además, en la fase actual del desarrollo científico, los recursos técnicos disponibles no permiten identificar el sabor de un alimento de una manera precisa y objetiva que permita «distinguirlo del sabor de otros productos de la misma naturaleza». Por lo tanto, el TJUE rechazó la petición de protección del sabor bajo el paraguas de los derechos de autor y dejó que sean los consumidores los que se decanten por uno u otro producto.

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