¿Te puede obligar el propietario a pagar la tasa de basura estando de alquiler?
La cuantía varía en cada localidad y la fija el propio ayuntamiento
El sector de la vivienda está cada vez más tensionado y parece que hacerse con una casa propia es casi misión imposible, tanto en venta como en alquiler. Si comprar está complicado por los elevadísimos precios del mercado y la escasa oferta, rentar un inmueble tampoco resulta mucho más sencillo: cuotas disparadas que se llevan gran parte del sueldo y pocas opciones por el auge de los pisos turísticos.
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Pero para los afortunados que sí consiguen encontrar un alquiler al que poder hacer frente, es importante tener claro cuáles son los pagos a los que tendrá que hacer frente y qué otros no le pertenecen al inquilino, sino al propietario. Entre ellos, una de las que despierta más dudas es la tasa de basuras, un importe que debe pagarse al ayuntamiento de la localidad en cuestión de forma obligatoria.
Lo primero a tener en cuenta cuando se firma un contrato de alquiler es separar bien cuáles son los gastos que asumirá el inquilino y cuáles el propietario, para que no existan malentendidos que puedan llevar a impagos o problemas futuros. Por ejemplo, es habitual que el arrendatario se haga cargo de la luz o el agua, mientras que el IBI (Impuesto de Vienes Inmuebles) suele correr por parte del arrendador.
Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular marcaba el pasado abril de 2025 como fecha límite para que los ayuntamientos cobrasen también una tasa de basura además del IBI, ambas por separado.
Así que, a la hora de separar el IBI y la tasa de basura, las dudas entre inquilino y propietario surgen sobre quién es el responsable de pagar por los residuos, si quien los genera o el dueño de la vivienda en cuestión. Por lo que respecta a los ayuntamientos, que son los responsables de reclamar el abono del pago, este va a cuenta del propietario de la vivienda y para que esa responsabilidad corra a cargo de otra persona es necesario que así conste de forma contractual.
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Así que, aunque sea el inquilino quien genere la basura por la que se paga la tasa, si el propietario no marca previamente en el contrato que el cobro corre a su cuenta, después no puede reclamárselo. La cuantía de esta tasa corre a cargo de cada ayuntamiento, por lo que puede variar de un municipio a otro.
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