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Juicio del 'procés'. EFE
El tribunal del 'procés' se decantó por la sedición tras concluir el juicio

El tribunal del 'procés' se decantó por la sedición tras concluir el juicio

La reconstrucción de las deliberaciones, que Marchena dividió en bloques entre los jueces, descartó la rebelión tras la testifical de los Mossos

Mateo Balín

Madrid

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Sábado, 19 de octubre 2019, 18:46

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Tras 52 jornadas y más de 400 testigos, el pasado 12 de junio concluyó el juicio del 'procés' en el Tribunal Supremo y en la Sala ya existía un pensamiento mayoritario sobre la calificación de los hechos, según la descripción realizada por diversos conocedores de las deliberaciones. El examen preliminar de las decenas de horas de vista oral enmarcaban la prueba en un delito de sedición: un alzamiento público y tumultuario contra la autoridad y el cumplimiento de las leyes.

El proceso delictivo se desarrolló entre el 7 de septiembre y el 27 de octubre de 2017, desde la aprobación de las leyes de desconexión en el Parlament hasta la aplicación del artículo 155 de la Constitución. Y el plan estuvo liderado -había pocas dudas entonces entre los magistrados- por los nueve acusados que estaban en prisión preventiva y que ahora han sido condenados a penas de entre nueve y 13 años de cárcel.

Antes de comenzar las deliberaciones a mediados de junio, los magistrados ya descartaron en conversaciones informales que la prueba analizada durante cuatro meses de juicio sustentara el escrito de acusación de la Fiscalía. O lo que es lo mismo, la narrativa de la violencia expuesta en la fase testifical no alcanzaba para tipificar las conductas de los acusados en la rebelión.

A diferencia de la sedición, se trata de un delito contra el orden constitucional, con penas más duras y exige una violencia «instrumental, funcional, preordenada de forma directa, sin pasos intermedios y a los fines que animan a los rebeldes», según el tribunal. A esto se sumaba un condicionante previo para la Sala: no había precedentes en el ordenamiento juridico de sentencias que valorasen este tipo penal (en la sedición existen al menos seis), por lo que adentrarse en un terreno inexplorado tenía el riesgo de dinamitar la unanimidad con la que siempre trabajó el presidente y ponente de la sentencia, Manuel Marchena. Era su línea roja.

Las fuentes consultadas afirman que la sedición estaba respaldada desde el principio por al menos cinco de los siete jueces. Y las otras dos opciones que estaban sobre la mesa, como eran la rebelión en grado de tentativa o el tipo de conspiración para la rebelión, tampoco se discutieron. El motivo es que hubiera supuesto admitir condenas previstas para la rebelión, pero no en su grado máximo.

Sin avisos de división

Marchena propició una discusión y redacción de la sentencia por bloques en los que participaron el resto de la Sala: Luciano Varela, Ana Ferrer, Andrés Palomo, Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo y Antonio del Moral. En ningún momento los dos magistrados de la asociación progresista Jueczas y Jueces para la Democracia, Ferrer y Varela, rompieron la unanimidad con votos particulares si la sedición no alcanzaba finalmente el acuerdo.

En consonancia con la petición de la Abogacía del Estado, entendían que los hechos ocurridos en Cataluña fueron insuficientes para «imponer de hecho la efectiva independencia territorial y la derogación de la Constitución en el territorio catalán». Y que los ciudadanos fueron llamados como parte «tácticamente esencial de la verdadera finalidad de los autores», que era ejercer presión política sobre el Gobierno central para sentarse a negociar.

Sobre el papel de los Mossos d'Esquadra, la Fiscalía defendió en su escrito que una de las patas de la rebelión era la fuerza armada que ejercía de facto los 17.000 policías autonómicos con los que contaban los cabecillas. Sin embargo, para el tribunal esta tesis quedó diluida tras valorar los testimonios de los mandos de los Mossos.

Los jueces apreciaron que la teórica «actuación coordinada» entre los condenados y los policías, que respaldaba el Ministerio Fiscal, quedó descafeinada tras escuchar a los segundos. Valoraron lo que ocurrió en esas reuniones previas al referéndum ilegal, las advertencias realizadas a los políticos ante los posibles episodios de violencia. Y coincidieron en que la sentencia tocaba una «cuestión de Estado» como era el tratamiento que dieran a los Mossos, el cuerpo responsable de garantizar el orden público y el cumplimiento de la ley en Cataluña.

Había que hilar muy fino en este asunto y en la resolución se nota la mano del juez Antonio del Moral en aspectos de técnica jurídica, señalan las fuentes. No querían que la sentencia del 'procés' dejara abierto el resultado del juicio contra la cúpula de los Mossos, que se celebrará a partir del 20 de enero en la Audiencia Nacional.

Urkullu y Vila descafeinaron la rebelión

El exconsejero Santi Vila fue considerado un «traidor» después de que horas antes de la declaración unilateral de independencia (DUI), el 27 de octubre del 2017, anunciara su dimisión. Vila había intentado por todos los medios negociar con el Gobierno central una salida para evitar la aplicación del artículo 155, que pasaba por convocar elecciones. Carles Puigdemont le dijo que sí pero se retractó ante la presión de sus seguidores. Esta fue la versión ofrecida por el propio Vila y apoyada por el lehendakari Iñigo Urkullu, que declaró como testigo, y que el tribunal dio por «significativa» para constuir el relato de hechos probados.

De hecho, la Sala empleó dos argumentos centrales para rechazar la condena a los acusados por rebelión e inclinarse por la sedición. Uno es la necesaria violencia instrumental para llevar a cabo su plan y que, a ojos del tribunal, no se produjo. Pero la otra es precisamente la propia declaración de independencia. El tribunal consideró en sus deliberaciones que todo lo que ocurrió, el 1-O y la DUI, fue una maniobra para presionar al Estado y que se sentara a negociar.

Ese fue el argumento esgrimido por Vila en su declaración como acusado, y apoyado por Urkullu, «quien puso de manifiesto la petición de Puigdemont para que 'mediase' entre la Generalitat y el presidente Mariano Rajoy». «Aunque éste no aceptase considerar su intervención como tal 'mediación' -añade la sentencia del Supremo-, Puigdemont le evidenció en los últimos días del mes de octubre del 2017 su voluntad de evitar una declaración de independencia. Y si al final no convocó elecciones, como habría anunciado, era porque, según le refirió, 'los suyos' no se lo habían permitido». Esta tesis también fue expuesta por el expresidente catalán Artur Mas.

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