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Una imagen de los incidentes de Frankfurt, en 1981. R. C.
Puigdemont y el ecologista alemán

Puigdemont y el ecologista alemán

El Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein se inspiró en una sentencia de hace 35 años para tomar la decisión sobre el expresidente

Mateo Balín

Madrid

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Sábado, 7 de abril 2018, 00:05

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El Tribunal Regional Superior de Frankfurt condenó en 1983 a un ecologista germano a dos años de prisión por intentar coaccionar al Gobierno federal tras promover una protesta masiva contra la ampliación del aeropuerto de la ciudad. La iniciativa ciudadana de mayo de 1981, que llamaba a «la resistencia activa y no violenta» contra este proyecto que degradaba el medio ambiente, reunió más de 220.000 firmas en apoyo de un referéndum para decidir la viabilidad de esta infraestructura aérea.

El acusado era uno de los tres líderes de la plataforma que en una manifestación el 14 de noviembre de 1981, que reunió a 100.000 personas, llamó a paralizar las obras, exigir la retirada de la Policía del bosque de Mönchbruch y la celebración de dicha consulta vinculante. El condenado dio un plazo para responder al Gobierno del land de 24 horas; en caso contrario, dijo, ocuparían el aeropuerto en señal de protesta.

A la mañana siguiente, concluido el plazo, miles de ecologistas entraron en el aeródromo y hubo enfrentamientos violentos con la Policía. Una circunstancia que provocó que el tráfico terrestre de acceso al aeropuerto estuviera completamente bloqueado durante varias horas, lo que afectó a unas 120.000 personas. Hubo decenas de heridos y se produjeron daños materiales por valor de 83.000 marcos.

Sin embargo, el Tribunal Regional Superior consideró que la amenaza de la violencia contra el Gobierno del estado de Hesse en los discursos mantenidos en la marcha no se asemejó a la violencia contra un gobierno estatal, ni tampoco tumbó la voluntad de la administración del land de rendirse a las reivindicaciones de los ecologistas ni de celebrar el referéndum. De ahí que se obviara una condena por un delito de alta traición (penas superiores a los 10 años de prisión) y al final se le impusiera el castigo menor por coaccionar al Gobierno a través de la violencia.

Una imagen de los incidentes de Frankfurt, en 1981.
Una imagen de los incidentes de Frankfurt, en 1981. R. C.

En esta sentencia de hace casi 35 años se inspiró este jueves el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein para tomar una decisión sobre la euroorden del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.

Violencia insuficiente

La audiencia territorial del 'land' no introdujo así otros elementos jurisprudenciales para valorar si el delito de rebelión español se asemejaba al de alta traición en el código penal alemán. Es más, se fue al fondo de la equiparación de violencia para asegurar que, aunque en el caso de Puigdemont la hubo, esta no fue de suficiente entidad como para doblegar la voluntad del órgano constitucional, tal y como ocurrió con las protestas ecologistas de Frankfurt.

Así es como el tribunal resolvió que Puigdemont no ha cometido un delito de alta traición, que es lo que solicitaba la Fiscalía alemana y cuya redacción no es igual que la del delito de rebelión. Como no se puede extraditar a alguien por un delito que no esté contemplado en el país en el que se encuentra, resulta que Puigdemont no puede ser extraditado por dicho delito. Para ello se requiere «que la violencia ejercida sobre terceros haya operado una presión tal sobre el órgano constitucional (afectado) suficiente para doblegar la voluntad opuesta de dicho órgano constitucional».

En la resolución sobre Puigdemont hay otro dato de interés. Son cinco palabras que se añaden en el auto al párrafo anterior: «Das sei nicht der Fall». Es una construcción interesante porque no dice «das ist nicht der Fall», que sería «este no ha sido el caso» (respecto al riesgo de doblegar al Estado español) sino que la traducción sería: «Se me dice que este no ha sido el caso». Es decir, que lo que el tribunal alemán sostiene es que la información remitida desde España es la que le confirma que la revuelta catalana no ha conseguido doblegar al Estado de Derecho, con lo que no habría delito de alta traición. Pero eso no afecta a quienes en España están procesados y encarcelados por rebelión.

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