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La situación procesal del president de la Generalitat, Carlos Mazón, no ha variado a raíz del último pronunciamiento de la jueza que instruye la causa ... de la dana. Mazón está aforado y por lo tanto, goza del derecho, en caso de ser imputado por un delito, de ser juzgado por un tribunal distinto del que correspondería a un ciudadano normal. Y el auto de la jueza, recién iniciada la fase de instrucción, señala la imputación de la exconsellera Salomé Pradas y del que fuera secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, y no propone la del president.
Objetivamente, la situación procesal no ha cambiado. Ahora bien, del pronunciamiento de la jueza sí que cabe inferir, a partir de esa oferta al jefe del Consell para que declare como investigado, que lo que la titular del juzgado de Catarroja tiene en mente sí que es proponer su imputación.
El auto del lunes asume esa condición de aforado del president de la Generalitat, motivo por el que no lo puede citar como investigado en una fase tan inicial y sin haber dictado apenas diligencias. Pero ante la posibilidad de citarle como testigo, la jueza aclara que ese escenario no cabe. De ir ante el juez, sería de forma voluntaria y como investigado.
La voluntad de la jueza no se explicita, pero se sugiere. Y esa posibilidad abre dos escenarios. Podría optar por un pronunciamiento rápido, que es el que parece desprenderse de estos primeros autos, aunque difícilmente lo hará antes de que declaren Pradas y Argüeso –por el momento sin fecha conocida para presentarse ante la jueza–. O por una fase de instrucción más prolongada, decisión que le permitiría mantener durante más tiempo el control sobre la causa.
Y luego está el TSJ. Elevar demasiado pronto la causa al alto tribunal –que sería el competente para juzgar al president de la Generalitat– arriesga una posible decisión en contra por parte del alto tribunal. «El TSJ suele ser muy cauto, y más para imputar a un presidente», se señala. Esa decisión supondría un cierto 'coscorrón' a la jueza.
Por ese motivo, las fuentes judiciales consultadas por este diario se inclinan por una decisión más pausada de la jueza, dejando que la propia instrucción vaya marcando el camino. De esta fase inicial, eso sí, se desprende que el señalamiento a Mazón por parte de la jueza parece claro.
Y eso también resulta sorprendente. Las fuentes del PP valenciano consultadas por este diario remarcan que el auto «presenta un vicio de nulidad, ya que no se limita a describir indicios, sino que entra en una valoración de hechos que solo deberían realizarse al finalizar la instrucción». Las mismas fuentes entienden que la valoración de hechos «corresponde a un auto de procesamiento o de apertura de juicio oral, no a esta fase del procedimiento». Y se añade: «No pueden sentarse como ciertos hechos que afectan al derecho de defensa». «Concluye de manera clara y precisa que no procede la declaración del president, ni como testigo ni como investigado», se zanja.
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