La Generalitat quiere que la indemnización de 100.000 euros a Marisa Gracia la paguen los 10 diputados que la provocaron
Busca la fórmula de proponer a Les Corts un «reintegro por alcance», aunque la inviolabilidad parlamentaria aleja esa posibilidad
La Generalitat ha anunciado que no recurrirá la sentencia del TSJ valenciano que obliga a pagar 100.000 euros de indemnización a Marisa Gracia, exgerente ... de FGV, por las conclusiones de la comisión de investigación de Les Corts. En aquel dictamen de la Cámara valenciana se le hizo responsable del siniestro ferroviario, el más grave de la historia de España, con 43 fallecidos y 47 heridos.
Que la administración autonómica no recurra el fallo puede hacer pensar que será la que asuma el pago de esos 100.000 euros. El propio fallo que da luz verde al «derecho al resarcimiento de los daños y perjuicios» a Gracia especifica que los gastos correrán «con cargo a los Presupuestos Generales de la Generalitat».
¿Los pagará la Generalitat? Pues está por ver. La administración autonómica, la más endeudada, la peor financiada y la más maltratada en materia de inversiones –todo hay que decirlo- busca la forma de esquivar ese mandato judicial, aunque esos 100.000 euros no supongan, en el marco de un presupuesto anual de la Generalitat (30.000 millones de euros) una cantidad desequilibrante.
De hecho, más que de esquivar el pago, lo que la Generalitat que preside Carlos Mazón plantea es que sean los diez diputados que votaron a favor del dictamen de la comisión de investigación del accidente del metro –cuyas conclusiones son las que han propiciado ahora el pago de esa indemnización a Gracia- los que tengan que abonar de su propio bolsillo esa cifra. Una decena de diputados frente a un desembolso de 100.000 euros. La división es sencilla.
El argumento que contempla la administración autonómica alude a la posibilidad de recurrir a la Ley de Hacienda Pública, y en concreto, a todo lo referido al reintegro por alcance, es decir, el que hace referencia a que «los responsables personales de un daño económico al erario asuman el coste de su actuación», señalan fuentes del Palau de la Generalitat.
El reintegro por alcance permite reclamar a los responsables de un daño económico al erario que asuman el coste de su actuación
En concreto, lo aplicable a este caso afectaría a los diez diputados, de PSPV, Compromís, Podemos y Ciudadanos, que aprobaron el dictamen en cuestión. Entre ellos, el Síndic socialista en Les Corts, José Muñoz, la portavoz adjunta de Compromís, Isaura Navarro, la exconsellera de Sanidad Ana Barceló o el exlíder de Cs Alexis Marí. El Consell considera que «no deben ser los valencianos quienes paguen los excesos de un linchamiento político, sino los diputados que firmaron o votaron aquel informe que la sentencia del TSJCV describe como vulnerador de derechos fundamentales».
La figura del reintegro por alcance está recogida en la Ley de Hacienda Pública cuando se alude a que la responsabilidad será exigida por el Tribunal de Cuentas «mediante el oportuno procedimiento de reintegro por alcance» en aquellos casos de «haber incurrido en alcance o malversación en la administración de los fondos públicos». La literalidad de la norma no prevé que pudiera afectar a un diputado por un pronunciamiento político, pero fuentes del entorno del Consell consideran que «quien utilizó el dolor de las víctimas para alimentar su odio político debe responder de ello, no el pueblo valenciano».
Para llevar adelante esta propuesta, la Generalitat tendría que elevarla a Les Corts, para que fuera ésta la que le diera luz verde. Y eso no ha pasado nunca. Es decir, sería la primera vez que el Parlamento valenciano asume una acción de alcance contra sus propios diputados por un daño derivado de un «abuso político» que hubiera derivado en un coste económico para las arcas públicas.
Les Corts nunca ha iniciado una acción contra sus diputados por el coste económico de un pronunciamiento político
Fuentes del Consell apuntan que ya se estudian los informes jurídicos necesarios para activar este procedimiento y que Les Corts deberían decidir si inician el expediente de responsabilidad o si trasladan el caso al Tribunal de Cuentas.
Sin embargo, las opciones de que prospere esta fórmula de reintegro por alcance contra diputados y exparlamentarios de Les Cors es limitada. Entre otras razones, porque el artículo 23.3 del Estatuto de Autonomía ya reseña que los miembros de Les Corts «gozarán, aún después de haber cesado en su mandato, de inviolabilidad por las opiniones manifestadas y por los votos emitidos en el ejercicio de sus funciones». Y ni que decir tiene que emitir una opinión o votar un dictamen, por desproporcionadas que fueran sus conclusiones, forma parte del ejercicio de las funciones de diputado.
Fuentes parlamentarias apuntan que el reintegro por alcance previsto en la Ley de Hacienda Pública está previsto, por ejemplo, para responsabilidades patrimoniales, y difícilmente puede llegar a aplicarse a la acción de un parlamentario. De hecho, resulta incluso discutible la consideración de que el fallo del TSJ que obliga a pagar una indemnización a la exgerente de FGV tenga una afectación presupuestaria a las arcas autonómicas, toda vez que situaciones similares en los que se obliga a la administración autonómica a hacer frente a indemnizaciones, como en temas sanitarios o de justicia, quién se hace cargo del pago de la indemnización es un seguro.
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