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El conseller de Eduación, Vicent Marzà, en una rueda de prensa sobre el inicio del curso escolar. Ana Julia B Palacio / Las Provincias
El Constitucional no admite a trámite uno de los recursos contra el plurilingüismo por un defecto de forma

El Constitucional no admite a trámite uno de los recursos contra el plurilingüismo por un defecto de forma

El auto señala que la cuestión de inconstitucionalidad debe inadmitirse por varios defectos procesales

Juan Sanchis

Valencia

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Martes, 25 de septiembre 2018, 14:07

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El Tribunal Constitucional no ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentada por la Sección Cuarta de la Sala Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana contra el decreto de medidas urgentes para la aplicación del plurilingüismo durante el curso 2017-2018 emitido en septiembre de 2017. El pleno del TC considera que se dan varios defectos procesales,

El auto, del que hay sido ponente el Magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, señala que la cuestión de inconstitucionalidad debe inadmitirse por varios defectos procesales. Por un lado, «la cuestión se ha planteado sin que el órgano judicial haya justificado que el incidente de medidas cautelares deba dictar una resolución cuyo fallo dependa de la validez del Decreto-ley 3/2017». Y por otro, porque una vez elevada dicha cuestión de inconstitucionalidad, y estando pendiente la decisión del Tribunal Constitucional sobre su admisión a trámite, el tribunal de justicia autonómico «dictó sentencia en el procedimiento principal».

Esta actuación no se ajusta a lo establecido en el artículo 35.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que impone, desde el momento en que se plantea dicha cuestión, «la suspensión provisional de las actuaciones hasta que el Tribunal se pronuncie sobre su admisión».

Según se sostiene en esta resolución, «el órgano judicial que ha promovido la cuestión de inconstitucionalidad ha dictado sentencia y al dictar esa resolución ha aplicado la norma sobre la que se ha elevado la duda de inconstitucionalidad». Esta forma de proceder ha privado la cuestión de inconstitucionalidad de todo efecto o significado práctico. El Tribunal concluye reiterando que «la cuestión de inconstitucionalidad no es un medio del que puedan servirse los órganos judiciales para pretender del Tribunal Constitucional la depuración abstracta del ordenamiento jurídico, sino un instrumento procesal puesto a disposición de aquéllos para conciliar su obligación de sometimiento a la ley y a la Constitución, en los casos en los que alberguen dudas fundadas sobre la constitucionalidad de la norma o normas con rango de ley que debieran aplicar en el asunto sometido a enjuiciamiento».

La Conselleria de Educación aprobó este decreto al inicio del pasado curso escolar después de la suspensión del decreto de febrero de 2017. Con ello, el departamento de Vicent Marzà pretendía regular la enseñanza del valenciano hasta la tramitación de la nueva ley, que ya fue aprobada por Les Corts y está en vigor.

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