Borrar

El Consell acumula facturas en los cajones por valor de 465 millones

La Intervención alerta en su último informe del incremento de los gastos sin soporte presupuestario tras dos años de bajadas

J. C. Ferriol

Valencia

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Jueves, 4 de abril 2019, 01:20

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Gobierno valenciano cerró 2017, último año auditado, con 465 millones de euros correspondientes a facturas contabilizadas en la cuenta 409 y, por lo tanto, pendientes de aplicar al presupuesto. El dato corresponde a lo que coloquialmente se conoce como facturas en los cajones, precisamente por esa condición extrapresupuestaria que obliga a contabilizarlas en un determinado asiento, y retrata a los acreedores pendientes de aplicar al presupuesto.

La Intervención de la Generalitat acaba de hacer pública la edición correspondiente a 2017 de su informe general sobre los resultados más significativos de la ejecución del plan de control financiero permanente correspondiente a ese ejercicio. El documento dedica un apartado a las operaciones pendientes de aplicar a presupuesto, al comparar las cifras correspondientes a los últimos cierres presupuestarios. Y revela de qué modo se venía produciendo una reducción del número de facturas y de la cuantía de importes recogidos en la famosa cuenta 409. Y cómo esa evolución se invierte en 2017.

En concreto, Intervención detecta 464,6 millones de euros correspondientes a estos acreedores pendientes de aplicar a presupuesto, y que corresponden a casi 126.000 facturas. El dato supone un incremento de 35.000 facturas y casi 96 millones de euros respecto a los datos del ejercicio anteriores.

La Generalitat sumó más de 125.000 facturas que no aplicó al presupuesto al cierre del ejercicio

El informe de la Intervención explica que para impulsar «un mejor control de la deuda pendiente de la Generalitat con los proveedores por bienes y servicios efectivamente recibidos y facturados» se creó el Registro de Facturas centralizado de la Generalitat (RUF). Su objetivo era ofrecer la cifra real de las «facturas presentadas pero pendientes de reconocer y aplicar al presupuesto que existen en cada momento».

Este procedimiento es el que permite identificar «la evolución respecto ejercicios anteriores de la deuda comercial con proveedores que, por distintos motivos, no ha sido posible su aplicación al presupuesto a 31 de diciembre 2017 a pesar de tratarse de bienes o servicios efectivamente recibidos a dicha fecha». El informe detalla cómo esa evolución del saldo de la deuda con proveedores inscrita en el año y pendiente de aplicar al presupuesto «se ha minorado notablemente desde 2014. Sin embargo, respecto al ejercicio inmediato anterior (2016) se observa un incremento del pendiente, tanto en el número de facturas que fueron inscritas (35.259 más), como en volumen de las obligaciones que representan (incremento en 95.970.544,41 euros)».

La Intervención explica a continuación que a lo largo de 2018 se han ido atendiendo esos pagos pendientes de aplicar al presupuesto. De hecho, aclara que incluso se han seguido atendiendo pagos que se arrastraban desde 2013.

Fraccionar contratos

El informe de la Intervención de la Generalitat dedica otro de sus apartados al fraccionamiento de contratos. Y alerta de que el artículo 99.2 de la Ley de Contratos del Sector Público prohibe expresamente la división de los contratos en diversas partes con la finalidad de minorar el valor estimado del mismo y que, bajo la apariencia de ser suficiente una contratación menor para satisfacer las necesidades, se logre eludir los requisitos de publicidad y procedimiento de adjudicación habituales en la contratación administrativa.

¿Ocurre esto en la Administración autonómica? Según este informe, de forma reiterada. Intervención de la Generalitat detecta casi un millar de observaciones que hacen referencia a posible fraccionamiento de contratos. La Intervención delegada de los servicios territoriales de Hacienda en Alicante han lanzado más de 600 alertas 2301, que es el número de referencia que permite advertir de esa incidencia. En el conjunto de la administración pública esos avisos rozan el millar.

Intervención detecta un millar de alertas por posibles fraccionamientos de contratos en el Consell

Los datos señalan que es práctica habitual recurrir al fraccionamiento en la Área de Sanidad, especialmente en las compras de medicamentos y material sanitario. «Se trata de gastos que por su naturaleza, características y cuantía deberían ser objeto, con carácter general, de un tratamiento de contratación ordinario en cuanto a publicidad, procedimiento y forma de adjudicación, e incluso sería conveniente estudiar su declaración como de adquisición centralizada y su tramitación mediante acuerdos marco, subasta electrónica, etc.... con la finalidad de adquirir los productos sanitarios a los mejores precios disponibles en el mercado, mejorando así la eficiencia en la gestión de los recursos sanitarios», proclama la Intervención.

Vinculado al fraccionamiento de contrato aparece el recurso al contrato menor cuando se trata de gastos que exceden los límites temporales y cuantitativos que los regulan. El contrato menor evita los principios de publicidad y concurrencia, por lo que suele ser un recurso que, con la justificación de la urgencia, puede acabar burlando los requisitos fijados por la ley.

El informe de la Intervención no enumera las ocasiones en las que ha detectado vulneración de esta norma. Pero sí que recuerda que existe la obligación de publicar en el Registro Oficial de Contratos de la Generalitat Valenciana «todos los contratos del sector público, incluyéndose los contratos menores o equivalentes». Por ese motivo, considera que el incumplimiento de ese requisito, que se suma al que figura en la ley de Transparencia «conduce a creer en el incumplimiento en materia de transparencia».

El 22% de las contrataciones de la Generalitat se realizaron a dedo

Uno de cada cinco obligaciones reconocidas por la administración autonómica a lo largo de 2017 -los pagos correspondientes a deuda comercial en los capítulos II, IV y VI del presupuesto- se realizaron a través de expedientes de enriquecimiento injusto, el procedimiento por el que se atiende un servicio ya prestado a la administración sin mediar contrato en vigor. Son pagos que se pueden considerar a dedo porque se abonan a quien ya los ha realizado y porque, como consecuencia de este hecho, burlan los principios publicidad y concurrencia propios de cualquier concurso público. Así se desprende del Informe de la Intervención correspondiente al 2017. De los 5.253 millones de euros en pagos efectuados, 1.167 se tramitaron mediante este procedimiento.

Intervención señala que esa circunstancia hace pensar que este procedimiento «se utiliza con mayor frecuencia de lo excepcional como solución procedimental para el pago de facturas carentes de los requisitos necesarios para su abono por el procedimiento ordinario». De esos 1.167 millones, la gran mayoría corresponden a la conselleria de Sanidad, por razones vinculadas al elevado número de centros con capacidad de compra, la infinidad de proveedores, los gastos repetitivos y los lotes muy grandes. Tras ese departamento aparece la conselleria de Oltra, con 102 millones de euros. Intervención no cita a ese departamento aunque advierte de que, en ocasiones, se recurre a esos expedientes por «la ausencia de una planificación adecuada para que la licitación de los nuevos contratos concluya con la antelación suficiente que permita concatenar la vigencia entre el contrato que finaliza y el que comienza».

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios