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AFP
La condena a Junqueras condiciona la sentencia europea sobre su inmunidad

La condena a Junqueras condiciona la sentencia europea sobre su inmunidad

La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se conocerá el jueves pero no alterará la condena en firme de 13 años del líder de ERC 

Mateo Balín

Madrid

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Domingo, 15 de diciembre 2019, 00:24

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El próximo jueves a partir de las 9:30 de la mañana se conocerá la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europeo (TJUE) sobre la cuestión prejudicial C-502/19, planteada por el Tribunal Supremo y relativa al alcance de los privilegios e inmunidad de Oriol Junqueras. La corte con sede en Luxemburgo se pronunciará sobre la cuestión elevada por el tribunal que juzgó el 'procés' el pasado 1 de julio a petición de la defensa del presidente de Esquerra Republicana. Lo que resuelva el TJUE tendrá un efecto directo sobre la situación personal de Carles Puigdemont y Toni Comín, también elegidos eurodiputados, procesados en rebeldía en la 'causa del procés' y pendientes de su entrega a España.

La Sala del Supremo presidida por Manuel Marchena hizo tres preguntas a la corte europea para aclarar en qué momento adquiere la inmunidad un europarlamentario electo, si cuando resulta elegido en votación o en el trámite posterior, es decir, cuando recoge su acta y acata la Constitución española. Para ello, el alto tribunal pidió tres pronunciamientos: que le aclare la interpretación del artículo 9 del protocolo sobre privilegios; que concrete cómo actuar ante un caso como el de Junqueras, que resultó electo el pasado 26 de mayo pero que no cumplimentó los requisitos establecidos por la Junta Electoral por su situación de prisión provisional; y, en caso que le den la razón, si el tribunal juzgador estaría obligado a dejarle en libertad «en términos absolutos, de modo casi automático».

En conclusión, los magistrados piden que se aclare si el derecho del líder de ERC a cumplir con los trámites formales y desplazamientos al Parlamento Europeo está por encima de otros intereses en juego como, por ejemplo, los derivados del interés de la justicia y del debido proceso, que son en los que se basó el Supremo para vetar su salida de la cárcel para recoger el acta.

Ante este próximo pronunciamiento del órgano supranacional ya existe un argumento de peso: el informe no vinculante presentado por el abogado general del TJUE. El polaco Maciej Szpunar concluyó que Junqueras debió ser reconocido como eurodiputado desde el mismo momento de la votación porque su escaño depende únicamente de lo que decidan los electores y no de trámites posteriores. No obstante, advirtió de que su inhabilitación para empleo o cargo público por la condena en la causa del 'procés' (13 años, en la actualidad suspendida por el Supremo mientras se resuelve esta cuestión prejudicial) supone que la Justicia europea no es competente para responder a estas dudas.

Esto es, el abogado general -una figura equiparable al fiscal en el ordenamiento español- sugiere, en primer lugar, que la sentencia del jueves en Luxembugo no afectará al fallo del 'procés' del pasado 14 de octubre, es decir, a su nulidad, sino solo a la pieza separada de prisión provisional y en particular al recurso de súplica que presentó Junqueras contra el auto que le impidió recoger su acta como eurodiputado. En segundo término, que los 13 años de prisión e inhabilitación dejarían sin efecto cualquier respuesta sobre la puesta en libertad inmediata.

Efectos colaterales

A esta tesis se abonaron en la vista previa en Luxemburgo tanto la Fiscalía española como la Abogacía del Estado, a quienes se sumaron los servicios jurídicos del Parlamento y de la Comisión Europea. Estos defendieron que la adquisición de la condición de diputado depende de leyes nacionales y no europeas, al ser los Estados miembros los organizadores de las elecciones.

En todo caso, si la opinión del abogado general acaba siendo confirmada por el TJUE tendrá un efecto directo en la condición de eurodiputados de Puigdemont y Comín. Ambos políticos también obtuvieron escaño como eurodiputados el 26 de mayo, pero no acudieron a Madrid a acatar la Constitución para evitar ser detenidos (sobre ellos pesa una orden de captura en territorio nacional dictada por el juez instructor del 'procés', Pablo Llanera). En julio pasado, presentaron un recurso para asumir sus escaños, pero la justicia europea rechazó su petición de medidas cautelares.

De tomar posesión de su escaño, Puigdemont y Comin serán inmunes y tendrán la misma condición que un diputado nacional en España, así que solo podrán ser juzgados en tribunales que les corresponda, en este caso probablemente el Supremo. En el resto de la Unión Europea no podrán ser perseguidos ni juzgados. Para activar su enjuiciamiento, el alto tribunal deberá pedir el suplicatorio al Parlamento de Bruselas.

Una comisión jurídica trabajará a puerta cerrada sobre el caso, dando audiencia a las partes, y emitirá un dictamen a la eurocámara. El pleno, formado por 750 miembros, resolverá por mayoría simple sobre la inmunidad de ambos.

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