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José Luis Juan Pinter. LP
Anulan el autonombramiento del alcalde de Aielo como secretario-interventor

Anulan el autonombramiento del alcalde de Aielo como secretario-interventor

José Luis Juan Pinter obtuvo el cargo en un concurso ordinario en la votación de cuyas bases participó

EFE

VALENCIA

Jueves, 17 de mayo 2018, 10:45

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Valencia ha anulado el autonombramiento del alcalde de Aielo de Malferit, José Luis Juan Pinter (PP), como secretario-interventor de este mismo Ayuntamiento, cargo que obtuvo en un concurso ordinario en la votación de cuyas bases participó.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, es fruto de la estimación de un recurso presentado por la Generalitat contra la resolución de la alcaldía de este municipio, del pasado mes de julio, en la que se designa al alcalde como adjudicatario del puesto de secretario-interventor, al haber obtenido la máxima puntuación (23,36 sobre 30) en el concurso.

En el fallo del citado juzgado valenciano se condena al pago de costas a la parte demandada.

La Generalitat alegó que en enero de 2017 el pleno del Ayuntamiento de Aielo de Malferit aprobó el baremo de méritos específicos del concurso ordinario para la provisión del puesto de trabajo de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento, a cubrir por funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

En la votación de esa aprobación del baremo de méritos participó «sin haberse abstenido» la persona que resultó finalmente adjudicataria, expone la sentencia.

La Administración demandada, el consistorio, alegó que el Ayuntamiento únicamente aprobó el baremo de méritos específicos, que supone 1,5 puntos de los 30 totales, y que el resto correspondió a los baremos estatales y autonómicos.

Asimismo, expuso que el alcalde participó en dicha votación sin tener en aquel momento ningún interés en cubrir la vacante, que el acuerdo se aprobó por unanimidad y que Juan Pinter no intervino en el debate.

La jueza considera que la demanda debe prosperar «al no ser hecho controvertido que la persona que resultó adjudicataria de la plaza intervino en la votación del acuerdo en el que se aprobó el baremo de méritos específicos», sin que resulte relevante el hecho de que, en un primer momento, según se aduce, el alcalde no tuviese interés alguno en presentarse al puesto.

La Agencia EFE ha intentado, sin éxito, recabar la opinión del alcalde acerca de esta sentencia que anula su nombramiento como secretario-interventor.

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