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Ángel Fenoll saluda, delante de una de sus empresas. :: a. aragón
El empresario oriolano
que destapó el caso Brugal, condenado a 35 años

El empresario oriolano que destapó el caso Brugal, condenado a 35 años

Ángel Fenoll deberá ingresar en prisión por hacer facturas falsas y defraudar a Hacienda durante tres años

JOAQUÍN ANDREU

Jueves, 24 de julio 2014, 00:10

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El empresario oriolano Ángel Fenoll, adjudicatario de la contrata de basuras de Orihuela por cuyo contrato comenzó la investigación del 'caso Brugal', ha sido condenado a 35 años de prisión por crear una trama de facturas falsas para eludir el pago a la Hacienda Pública del Impuesto de Sociedades y el IVA en el periodo comprendido entre los años 2002 y 2004, según recoge la sentencia hecha pública ayer por la titular del juzgado de Lo Penal Número 3 de Orihuela, Nerea Cavero.

El fallo condena al industrial por la comisión de once delitos contra la Agencia Tributaria «y por cooperar necesariamente en la comisión de un delito continuado de falsedad documental». Impone al empresario una multa equivalente al «tanto al cuádruplo de la cantidad defraudada en cada uno de los delitos indicados», así como la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o incentivos fiscales o de la Seguridad Social por un tiempo que estima en cuatro años y seis meses.

La jueza acepta la pena que solicitaba la Fiscalía y le echa en cara a Fenoll que intentara Fenoll evadir su culpabilidad alegando que tenía contratado personal para la elaboración de las facturas y que no las supervisaba, dedicándose solo a captar clientes para ambas mercantiles y conseguir contratos de los ayuntamientos.

No ha colado. Para la magistrada, «resulta evidente que sí conocía la trama establecida». Las dos mercantiles de las que él era administrador «fueron utilizadas para defraudar a la Hacienda Pública, siendo, por tanto, la primera persona interesada en las indicadas falsedades, entendiendo que las mismas no fueron organizadas por los contables para no obtener beneficio alguno», indica el fallo.

La titular del Juzgado 3 de lo Penal mantiene en sus tesis condenatorias que «esa pretendida ausencia de conocimiento no es tal a pesar de que el resto de acusados, de una manera un tanto servil, han pretendido apartarle de toda responsabilidad».

En la sentencia, la magistrada indica que la trama se hizo con la finalidad de defraudar a la Hacienda Pública y eludiendo el pago de las cuotas del IVA y del Impuesto de Sociedades de las empresas de Fenoll, para los años 2002, 2003 y 2004. Para ello prosigue diciendo que se presentaron «las declaraciones correspondientes a los ejercicios impositivos y períodos expresados, de una forma errónea al deducir gastos y cuotas de IVA soportado ficticios mediante la utilización de las facturas que habían sido íntegramente confeccionadas» por los colaboradores necesarios que «documentaron prestaciones de servicios o entregas de mercancías a favor de las entidades Colsur y Proambiente que no habían sido realizadas».

Fenoll es, según la jueza, el autor de esos once delitos tributarios «y cooperador necesario de un delito continuado de falsedad documental», además de que resulta «evidente que el principal acusado es el principal autor de toda esta trama, quizá no el cerebro, pero sí el máximo beneficiado en cuanto a través de las facturas falsas elaboradas por el resto de acusados dejó de ingresar una notable cantidad de tributos cuyo pago venía obligado».

La responsable del Juzgado Número 3 deja claro en su parte concluyente que en cuanto a la responsabilidad civil, se establecen 577.536 euros en cuanto al IVA y 1.496.912 euros en cuanto al Impuesto de Sociedades sobre la empresa Colsur; y, 720.737 euros en concepto de IVA y 1.893.962 euros en Impuesto de Sociedades para Proambiente.

Cavero también condena a otras catorce personas en la misma causa con un volumen de años que suman 177 años de prisión tras tildarles de cooperadores necesarios. La magistrada también fija que Fenoll pierda la posibilidad para cualquiera de las empresas que dirija de obtener subvenciones o ayudas públicas y el derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social por un tiempo de cuatro años y seis meses.

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